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27 NORMAS LEGALES Sábado 18 de mayo de 2019 El Peruano / autónoma de Buenos Aires, de la República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Pers. Total US$ Viáticos 370.00 X 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1770599-1 PRODUCE Designan Directora de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2019-PRODUCE Lima, 17 de mayo de 2019CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora PILAR ANGELICA RODRÍGUEZ PINTO, en el cargo de Directora de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1770370-1Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 377-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 16 de mayo de 2019 VISTOS, el Informe N° 043-2019-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 063, 064, 065, 066 y 067-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, con la fi nalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE. Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinado a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE. Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para conformar un grupo de trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) para el diseño e implementación de instrumentos económicos y fi nancieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; para lo cual se crea Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC. Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas. Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE. Que, la Ley N° 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad.