Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2019 (18/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de mayo de 2019 /

El Peruano

Que, mediante escritos registrados con las Hojas de Ruta N°s E-089871-2019 y E-092744-2019 del 26 y 28 de marzo de 2019 respectivamente, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 372-2019MTC/17.03; Que, teniendo en cuenta que la empresa CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuenta con autorización vigente como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, por el plazo de cinco (05) años, otorgada mediante Resolución Directoral N° 1383-2014MTC/15 de fecha 26 de marzo de 2014 y publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de abril de 2014, la presente resolución entrará en vigencia el 27 de abril de 2019; Que, de acuerdo al Informe Nº 252-2019-MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de ésta Dirección, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Decreto Supremo Nº 058-2003 que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Resolución Ministerial Nº 145-2019 MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, por el plazo de cinco (05) años, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. Aviación N° 1388 distrito La Victoria, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA bajo responsabilidad debe presentar a ésta Dirección, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller Fecha máxima de presentación 25 de enero de 2020 25 de enero de 2021 25 de enero de 2022 25 de enero de 2023 25 de enero de 2024

Dirección la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Fecha máxima de presentación

Primera renovación o contratación de nueva póliza 06 de setiembre de 2019 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 06 de setiembre de 2020

Tercera renovación o contratación de nueva póliza 06 de setiembre de 2021 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 06 de setiembre de 2022 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 06 de setiembre de 2023

En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referido a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del 27 de abril de 2019, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que originen su publicación. Artículo 7.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en la Av. Aviación N° 1388 distrito La Victoria, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes

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Actualmente Dirección General de Autorizaciones en Transportes Mediante Resolución Directoral N° 1383-2014-MTC/15 de fecha 26 de marzo de 2014 y publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de abril de 2014, se resolvió autorizar a la empresa denominada CORPORACIÓN PERÚ GAS F.J.A E.I.R.L, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalación del kit de conversión y operar en el local ubicado en la Av. Aviación Nº 1388, Distrito de La Victoria, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. "(...) la entidad mantiene la facultad de requerir única y exclusivamente la subsanación de aquellos requisitos que no hayan sido subsanados por el administrado o cuya subsanación no resulte satisfactoria de conformidad con lo dispuesto por la norma correspondiente (...)"

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Autorizan a la empresa CITV ALTO ANDINO JULIACA S.R.L. la ampliación de línea de inspección técnica vehicular tipo combinado, en local ubicado en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 069-2019-MTC/17.03 Lima, 16 de abril de 2019 VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta N° E-032833-2019, así como, los demás escritos relacionados

En caso que La Empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa CORPORACION PERU GAS F.J.A EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, bajo responsabilidad debe presentar a ésta

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