Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2019 (18/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 18 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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US$ 5000,00", el Procedimiento Administrativo N° 129 "Admisión temporal para Reexportación en el mismo Estado" y el Procedimiento Administrativo N° 134 "Admisión temporal para Perfeccionamiento Activo"; Que, por otra parte, mediante el Decreto Supremo N° 088-2018-EF se modifica el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 126-94-EF, respecto de requisitos y plazos lo cual afecta el Procedimiento Administrativo N° 19 "Devolución del saldo a favor materia de beneficio mediante notas de crédito negociables o cheque", por lo que corresponde su modificación; Que, adicionalmente, se considera pertinente modificar el Procedimiento Administrativo N° 50 "Suspensión y/o modificación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría" así como eliminar el Procedimiento Administrativo N° 53 "Intervención Excluyente de Propiedad", el Procedimiento Administrativo N° 54 "Impugnación de la Resolución que declara el abandono de bienes comisados" y el Procedimiento Administrativo N° 55 "Impugnación de la Resolución que declara el abandono de vehículos (sujetos a internamiento temporal)" del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT; Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el TUPA de la SUNAT, lo cual no supone en ningún caso la creación de nuevos procedimientos ni el incremento de derechos de tramitación o requisitos; y De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y en el Decreto Supremo N° 079-2007PCM, que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, y en uso de las facultades conferidas en el inciso g) del artículo 8° del Reglamento de Organización de Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del TUPA Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 412-2017-EF, de acuerdo con el detalle contenido en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución de superintendencia. Artículo 2.- Eliminación de procedimientos administrativos Elimínese del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT el Procedimiento Administrativo N° 53 "Intervención Excluyente de Propiedad", el Procedimiento Administrativo N° 54 "Impugnación de la Resolución que declara el abandono de bienes comisados" y el Procedimiento Administrativo N° 55 "Impugnación de la Resolución que declara el abandono de vehículos (sujetos a internamiento temporal)". Artículo 3.- Publicación Publíquese la presente resolución de superintendencia en el diario oficial El Peruano y en el portal de dicho diario. El anexo de la presente resolución de superintendencia que contiene el texto de los procedimientos administrativos del TUPA de la SUNAT modificados debe ser publicado en el portal del diario oficial El Peruano, en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT (www.sunat.gob. pe) y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución de superintendencia. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Los procedimientos administrativos iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente resolución de

superintendencia se rigen por el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante el Decreto Supremo N° 412-2017-EF, salvo que en los procedimientos administrativos modificados por el artículo 1 del presente dispositivo se establezcan mayores plazos a favor del administrado o menores requisitos a favor del administrado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1770596-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de Juez titular de la Corte Suprema de Justicia a Austria, en comisión de servicios
Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 027-2019-P-CE-PJ Lima, 4 de abril de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 1363-2019-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y el Oficio Nº 536-2019-GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejero Encargado de la Dirección de Organismos y Política Multilateral del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Presidencia de este Poder del Estado, la convocatoria para participar en el 28º Periodo de Sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (CCPCJ) con el tema "La responsabilidad de los sistemas de justicia penal efectivos, justos, humanos y responsables para prevenir y contrarrestar los delitos motivados por la intolerancia o la discriminación de cualquier tipo", que se realizará en la ciudad de Viena, Austria, del 20 al 24 de mayo del presente año. Segundo. Que la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal es el órgano del Sistema de las Naciones Unidas encargado de formular políticas y recomendaciones sobre cuestiones de la justicia penal, como es la trata de seres humanos, la delincuencia transnacional y los aspectos de prevención del terrorismo. Asimismo, supervisa el uso y aplicación de las normas de las Naciones Unidas relativas a estos temas. Tercero. Que, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que se realizará un intercambio de conocimientos, experiencias e información para el desarrollo de estrategias, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración que se brinda a la población. Por tal motivo, la Presidencia del Poder Judicial designó al señor Carlos Giovanni Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que participe en la mencionada reunión. Cuarto. Que el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula el giro de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; según la escala aprobada por la citada norma.

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