Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2019 (26/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 26 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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promoción alguna. El encargo deberá ser aprobado por Resolución Jefatural cuando se trate de cargos con nivel gerencial [...]", por tanto, corresponde la designación de encargados por el tiempo que dure la comisión de servicios; En consecuencia, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE y los literales s) y v) del Artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; y estando a lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor MANUEL FRANCISCO COX GANOZA, Jefe (i) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del 27 de junio al 1° de julio de 2019, a la República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la señora MARIA DEL PILAR BIGGIO PASTOR, Gerente de la Gerencia de Información y Educación Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del 27 de junio al 1° de julio de 2019, a la República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Tercero.- Los gastos referidos al pasaje aéreo y traslados locales en el Perú, según corresponda, serán cubiertos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo a la República Oriental del Uruguay para el Jefe Nacional (i) de la ONPE: S/ 4,027.00 (Cuatro mil veintisiete con 00/100 soles). - Pasaje Aéreo y movilidad local, para la Gerente de la Gerencia de Información y Educación Electoral: S/ 4,177.00 (Cuatro mil ciento setenta y siete con 00/100 soles) Artículo Cuarto.- Precisar que la presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los antes citados funcionarios deberán presentar a la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, con copia a la Gerencia Corporativa de Potencial Humano. Artículo Sexto.- Encargar el despacho de la Jefatura Nacional, al señor ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS, Gerente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerente General (e), durante el período que dure la comisión de servicios del Jefe Nacional, con retención de su cargo y encargo. Artículo Sétimo.- Encargar el despacho de la Gerencia de Información y Educación Electoral, a la señora MARITA INGRID ESCOBAR ALEGRÍA, Sub Gerente (e) de la Sub Gerencia de Formación y Capacitación Electoral, durante el período que dure la comisión de servicios de la Gerente de la Gerencia de Información y Educación Electoral, con retención de su encargo. Artículo Octavo.- Poner el contenido de la presente resolución a conocimiento de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, así como de los funcionarios que asumirán el encargo de los despachos citados en los artículos que anteceden, para los fines correspondientes. Artículo Noveno.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el

portal Institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL FRANCISCO COX GANOZA Jefe (i) 1772770-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana el traslado de agencia ubicada en el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 2072-2019 Lima, 15 de mayo del 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución SBS Nº 7302-2015 de fecha 02.12.2005, se autorizó la apertura de una oficina ubicada en el departamento de Cusco; Que la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para el traslado de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana el traslado de una agencia ubicada en el Sub Lote 23A Desmembrado del Inmueble Nº 123 Av. Diagonal, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; hacia el local ubicado en Programa de Vivienda Ttio Mz. B2, Lote 07, del mismo distrito, provincia y departamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1772824-1

Autorizan viaje de funcionarios a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 2288-2019 Lima, 22 de mayo de 2019

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