Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2019 (26/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

6

NORMAS LEGALES

Domingo 26 de mayo de 2019 /

El Peruano

Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley Nº 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de la defensa legal que represente al Estado peruano en la etapa de Arbitraje Internacional iniciada por las empresas Hydrika 1 S.A.C., Hydrika 2 S.A.C., Hydrika 3 S.A.C., Hydrika 4 S.A.C., Hydrika 5 S.A.C. e Hydrika 6 S.A.C. en contra de la República del Perú, habiendo seleccionado para dicho efecto al Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso; Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración a través del Informe Nº 2292019-EF/43.03, señala que se cuenta con la certificación de crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio de Abogados, según la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 000000597 por el monto de S/ 1 020 000,00, emitida por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración. Así también, las mencionadas Oficinas a través del Memorando Nº 344-2019-EF/43.06, señalan que existe un previsión presupuestaria de S/ 14 725 400,00 para la referida contratación; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando Nº 863-2019-EF/42.01, el Informe Nº 03702019-EF/42.02 de su Oficina de Asuntos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP; y, De conformidad con la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, con el Decreto Supremo Nº 002-2009-EF que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley Nº 28933; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la contratación del Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Autorizar al/a la Director/ra General de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1772755-1

social, cultural y científico-tecnológico de ambos países; y es presidida por el Viceministro de Relaciones Exteriores del Perú y por el Secretario de Relaciones Exteriores de Argentina; Que, asimismo la VI Reunión del Comité Permanente de Coordinación sobre temas de Defensa y Seguridad Perú ­ Argentina (COPERSE), se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en la misma fecha; Que, el referido Comité tiene como objetivos establecer mecanismos y ejecutar acciones que permitan profundizar la cooperación bilateral, a fin de preservar la paz y la seguridad sudamericana, regional y global, así como en las operaciones de mantenimiento de la paz, participación de observadores en las maniobras militares y la cooperación técnica y logística; el mecanismo es presidido por los Viceministros de Relaciones Exteriores y de Políticas para la Defensa del Perú y por los Secretarios de Relaciones Exteriores y de Estrategia y Asuntos Militares de Argentina; Que, se ha previsto realizar dos reuniones de coordinación previas en la misma ciudad, el 28 y 29 de mayo de 2019; Que, se estima importante la participación en las referidas reuniones del señor Viceministro de Relaciones Exteriores, a fin de garantizar el debido seguimiento político-diplomático de los temas a tratar, y una adecuada representación del Perú en las mismas; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, Viceministro de Relaciones Exteriores a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 28 al 30 de mayo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Jaime Antonio Pomareda Montenegro Pasajes aéreos Viáticos Número Total viáticos Clase Económica por día US$ de días US$ US$ 698.00 370.00 3 1110.00

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0361/RE-2019 Lima, 24 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, la IV Reunión de la Subcomisión de Asuntos Políticos de la Comisión General de Coordinación Política e Integración Perú ­ Argentina, se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 30 de mayo de 2019; Que, la citada Subcomisión tiene como objetivo el establecimiento de las bases para la programación de acciones conjuntas que promuevan el desarrollo político,

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1772880-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.