Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Auxiliar Coactivo de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 150-2019-SUSALUD/S Lima, 5 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 00754-2019/OGPER, de fecha 24 de octubre de 2019, de la Oficina General de Gestión de las Personas y el Informe N° 00672-2019/OGAJ, de fecha 28 de octubre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud establece que la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), para la ejecución de los actos administrativos firmes, podrá aplicar, entre otros medios de ejecución forzosa, la ejecución coactiva, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS; Que, el literal d) del artículo 2 del TUO de la Ley antes mencionado, señala que el Auxiliar Coactivo o Auxiliar, es aquél que tiene como función colaborar con el Ejecutor; Que, el artículo 6 del TUO de la Ley en referencia, señala los requisitos que debe ostentar el Auxiliar Coactivo, siendo éstos: i) el ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles, ii) acreditar por lo menos el tercer año de estudios universitarios concluidos en especialidades tales como Derecho, Contabilidad, Economía o Administración, o su equivalente en semestres, iii) no haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso, iv) no haber sido destituido de la carrera judicial o del Ministerio Público o de la Administración Pública o de empresas estatales por medidas disciplinarias ni de la actividad privada, por causa o falta grave laboral, v) tener conocimiento y experiencia en derecho administrativo y/o tributario, vi) no tener vínculo de parentesco con el Ejecutor, hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo de afinidad, y vii) no tener ninguna otra incompatibilidad señalada por ley; Que, el artículo 7 del citado TUO de la Ley, señala que la designación del Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, asimismo precisa que ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, mediante Informe Técnico N° 987-2019-SERVIR/ GPGSC la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), ha indicado que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas y bajo responsabilidad administrativa del Titular, se podrá contratar Ejecutores y Auxiliares Coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), siempre que se hayan cumplido ciertas exigencias; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 093-2019-SUSALUD/S, se autorizó encargar las funciones del cargo de auxiliar coactivo al abogado Jorge Luis Mendieta Espinoza, en adición a sus funciones como Ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Salud, sin irrogar gasto adicional a la entidad, en tanto se contrate y/o designe al titular; Que, mediante los informes de vistos se da cuenta de la ganadora del Proceso de Selección CAS N° 156-2019-SUSALUD para la contratación en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Superintendencia Nacional de Salud, a la abogada Katherina Victoria Busse Navarrete,

quien cumple con los requisitos establecidos para dicho cargo en la normativa especial antes reseñada; Que, estando a que la abogada Katherina Victoria Busse Navarrete inició funciones correspondientes al Contrato Administrativo de Servicios N° 146-2019-SUSALUD/ OGPER el 16 de octubre de 2019, corresponde emitir el acto resolutivo con eficacia anticipada a dicha fecha, resultando aplicable para tal efecto, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el cual establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe, legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, a su vez lo antes indicado, se encuentra en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del TUO en mención, el cual señala que la eficacia anticipada de los actos administrativos prevista en el artículo 17 de la Ley, es susceptible de ser aplicada a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, por lo que se colige que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que éste tenga eficacia anticipada a su emisión; Con los vistos del Gerente General, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, que crea la Superintendencia Nacional de Salud, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 16 de octubre de 2019, a la abogada KATHERINA VICTORIA BUSSE NAVARRETE, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme a los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia N° 093-2019-SUSALUD/S. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1823665-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Declaran la vigencia y ejecución de acuerdo de Sala Plena e incorporan abogados declarados aptos en el Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 1267-2019-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 29 de octubre de 2019

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