Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019
N° 7 8 9 APELLIDOS Y NOMBRES QUINTANA RAYMUNDO GUSTAVO SEBASTIAN ACOSTA TIRADO MANUEL YSIDRO AZABACHE RONDAN CESAR

NORMAS LEGALES
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS 75.00 77.50 82.50 72.50 72.50 70.00 72.50 70.00 EVALUACIÓN CURRICULAR 87.50 85.00 70.00 90.00 80.00 83.00 74.50 74.00 ENTREVISTA 79.33 74.00 71.33 70.00 72.67 71.33 71.67 75.67 PUNTAJE ACUMULADO 79.21 78.50 76.58 76.25 74.42 73.58 72.79 72.42 CONDICIÓN APROBADO APROBADO APROBADO APROBADO APROBADO APROBADO APROBADO APROBADO

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NIVEL / ESPECIALIDAD PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO PAZ LETRADO

10 CHAPOÑÁN AQUINO DIANA PATRICIA 11 NEVADO ZUÑIGA RICARDO SANTIAGO 12 SUCNO JARA ROBERTO CARLOS 13 GARCIA ROSAS MARYLIN 14 MENDOZA CARDENAS MADHELINE

VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente 1823362-1 excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano. Que, mediante Informe Nº 462-2019-DIRNI/VPI/COUNAM de 02.09.2019, el Director de Relaciones Nacionales e Internacionales, comunica que el 06 y 07 de noviembre de 2019, se desarrollará la 44va Reunión del Programa de Movilidad Estudiantil (PME) Coordinadores CRISCOS, en la Universidad Nacional de Chimborazo (Ecuador), por lo que es necesario contar con la participación del Dr. Alberto Bacilio Quispe Cohaila, Coordinador CRISCOS Programa de Movilidad de Estudiantes de la Universidad Nacional de Moquegua, quien tendrá la responsabilidad de llevar los expedientes a la sesión de asignación de plazas de movilidad estudiantil del Semestre 2020-I, en las más prestigiadas universidades sudamericanas con la beca integral CRISCOS, así como la entrega de informes de estado situacional de los estudiantes en proceso de movilidad del Semestre 2019-II. Que, es preciso indicar que el viaje al exterior del Dr. Alberto Bacilio Quispe Cohaila, Vicepresidente de Investigación, irrogará gastos por concepto de: Costo de Pasajes Terrestres Nacionales: Moquegua-Tacna-Moquegua; Pasajes Terrestres Internacionales: Quito­Riobamba­Quito (Ecuador), ida y retorno; Pasajes Aéreos Internacionales: Lima­Quito­ Lima; Hospedaje, Alimentación, Transporte; los cuales son asumidos por la Universidad Nacional de Moquegua. Que, en tal sentido, la Vicepresidencia de Investigación mediante Oficio Nº 304-2019-VPI/UNAM de 11.09.2019, en mérito al Informe Nº 462-2019-DIRNI/VPI/CO-UNAM de 02.09.2019, solicita la aprobación de viaje al exterior, el itinerario, montos de pasajes aéreos y viáticos respectivos; asimismo la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, mediante Informe Nº 744-2019-OPEP/ UNAM de 23.09.2019 y el Informe Nº 832-2019-UP/ OPEP/ UNAM de 23.09.2019, informa que de la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal en la Meta 0144 Servicios Educacionales Complementarios ­ Actividades Académicas Complementarias, por el monto de S/ 5,900.00 soles ­ Pliego Universidad Nacional de Moquegua, Presupuesto del Año Fiscal 2019, para atender el requerimiento efectuado. Que, con Informe Legal Nº 1170-2019-OAL/CO-UNAM de 25.09.2019, el asesor legal de la UNAM, emite opinión favorable para que se autorice el VIAJE AL EXTERIOR del Dr. Alberto Bacilio Quispe Cohaila, Vicepresidente de Investigación, para participar en la reunión de Coordinadores CRISCOS de Movilidad Estudiantil en su 44º Convocatoria, a realizarse en la Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba (Ecuador). De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27619, Ley Nº 30693, Resolución del Consejo Directivo Nº 103-2017-SUNEDU/ CD, el Estatuto Universitario y en uso de las atribuciones conferidas a la Comisión Organizadora, al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 17.09. 2019. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el Viaje al Exterior, en comisión de servicios, al Dr. Alberto Bacilio Quispe

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Moquegua a Ecuador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 0854-2019-UNAM Moquegua, 25 de Setiembre de 2019. VISTO, el Informe Legal Nº 1170-2019-OAL/COUNAM de 25.09.2019, Informe Nº 744-2019-OPEP/UNAM de 23. 09.2019, Informe Nº 832-2019-UP/OPEP/UNAM de 23.09.2019, Informe Nº 0513-2019-SEGE-PRES/ UNAM de 19.09.2019, Oficio Nº 304-2019-VPI/UNAM de 11.09.2019, Informe Nº 462-2019-DIRNI/VPI/CO-UNAM de 02.09. 2019, Invitación del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica de 26.08. 2019, y el Acuerdo de Comisión Organizadora en Sesión Ordinaria de fecha 17.09.2019, y; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de Moquegua está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la

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