Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de noviembre de 2019 /

El Peruano

VISTOS; XXII-2019 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de octubre de 2019, el Dictamen N° 057-2019-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, Informe Nº 428-2019-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 561-2019-MSB-GM de la Gerencia Municipal, sobre la propuesta de Ordenanza que Declara la Normativa no Vigente de la Municipalidad Distrital de San Borja, respecto al periodo comprendido entre los años 1995 al 2018; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente así como a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia obligatoria; Que, el artículo 40 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 9 de la misma norma, que dispone que el concejo municipal es competente para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 8 de la ley N°29477, Ley que inicia el proceso de consolidación del espectro normativo peruano, dispone que los diferentes sectores, los gobiernos regionales y locales, así como los organismos públicos, confeccionarán progresivamente los listados de las normas no vigentes de carácter general que hubieran expedido, los que serán difundidos a través de normas igualmente de carácter general cuya expedición estuviera dentro del ámbito de sus atribuciones, asimismo remitirán con carácter obligatorio los listados confeccionados al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que a través de su Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos los consolidará y reportará al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa; Que, en cumplimiento de lo dispuesto, la Municipalidad Distrital de San Borja promulga la ordenanza N°584-MSB que declara la normativa no vigente de la misma, respecto al periodo comprendido entre los años 1997 al 2016, a través de sendos listados que, a su vez, declaran que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente de la municipalidad, distintas ordenanzas tácita o expresamente derogadas, o cuyo plazo de vigencia ha vencido; Que, el proceso de consolidación del espectro normativo, es progresivo y no tiene carácter excluyente, siendo que los listados pueden seguir ampliándose según la naturaleza de las normas en posteriores ordenanzas, en la medida que depura, simplifica, sistematiza y actualiza el acervo legal del gobierno que lo sigue, por lo que la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de sus atribuciones, propone declarar un nuevo conjunto de ordenanzas cuya profusión e ineficacia es evidente, como normativa que no forma parte del ordenamiento jurídico vigente de la Municipalidad Distrital de San Borja, respecto del periodo comprendido entre los años 1995 al 2018, a fin de contribuir a la racionalización de las normas municipales buscando alcanzar los estándares legales deseados de modo que el acceso universal a la información legal ofrezca legítima seguridad jurídica al ciudadano; Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de comisiones, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9 de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA LA NORMATIVA NO VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA RESPECTO AL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE LOS AÑOS 1995 AL 2018 Artículo 1.- DECLARAR que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes ordenanzas por haber sido derogadas expresamente: 005-95-CDSB-C 007-95-CDSB-C 369-MSB 371-MSB 408-MSB 416-MSB 437-MSB 451-MSB 462-MSB 484-MSB 485-MSB 522-MSB 537-MSB 539-MSB 542-MSB 565-MSB 566-MSB 576-MSB 587-MSB 593-MSB 599-MSB 601-MSB 603-MSB 616-MSB Artículo 2.- DECLARAR que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes ordenanzas por haber sido derogadas tácitamente: 033-97-CDSB-C 128-98-CDSB-C 173-99-CDSB-C 180-99-CDSB-C 191-2000-CDSB-C 217-MSB 222-MSB 311-MSB 312-MSB 320-MSB 332-MSB 340-MSB 341-MSB 343-MSB 349-MSB 352-MSB 354-MSB 403-MSB 404-MSB 406-MSB 431-MSB 433-MSB 441-MSB 442-MSB 443-MSB 476-MSB 548-MSB 574-MSB 575-MSB 590-MSB Artículo 3.- DECLARAR que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente de la Municipalidad Distrital de San Borja, las siguientes ordenanzas ordenanzas porque son de vigencia anual o venció el plazo de vigencia que la norma se impuso: 147-99-CDSB-C 159-99-CDSB-C 186-2000-CDSB-C 315-MSB

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