Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 17 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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línea de las empresas LATAM AIRLINES PERU S.A. y AVIANCA PERU S.A.; Que, a través del citado Informe N° 484-2019MTC/12.04, la Dirección de Seguridad Aeronáutica precisa que la participación de los profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil en las inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de las empresas antes indicadas, resultan de interés institucional toda vez que, la citada Dirección General podrá realizar, a través de su personal, la supervisión de las operaciones aéreas de los explotadores aéreos en el marco de sus competencias, a fin de garantizar que dichas actividades se desarrollen de acuerdo a las reglamentaciones aeronáuticas correspondientes, permitiendo que el servicio de transporte aéreo con fines comerciales que se ofrece al usuario, sea seguro y confiable; señalando además, que los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil sustentados en los Informes Nos. 578 y 484-2019-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, respectivamente; para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, realicen las inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de las empresas LATAM AIRLINES PERU S.A. y AVIANCA PERU S.A. a que se contraen las Órdenes de Inspección respectivas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias;

Artículo 1.- Autorizar los viajes de inspección técnica de vigilancia de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como se detalla a continuación: - El señor Marco Antonio Trigoso Noriega, del 25 al 29 de noviembre de 2019, a la ciudad de Madrid, Reino de España. - El señor Pablo José Rodríguez Valencia, del 26 al 29 de noviembre de 2019, a la ciudad de Medellín, República de Colombia. - El señor Manuel Martín Velezmoro Eme, del 03 al 06 de diciembre de 2019, a la ciudad de Barcelona, Reino de España. - El señor Juan Andrés Rojas Vigil, del 03 al 06 de diciembre de 2019, a la ciudad de Cali, República de Colombia. Dichos viajes se efectuarán según el detalle de actividades consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, las personas autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución, presentan al Titular de la Entidad un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 25 DE NOVIEMBRE AL 06 DE DICIEMBRE DE 2019 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 484 -2019-MTC/12.04 Y Nº 578-2019-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE Inspección Técnica de Estación de Línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. Fecha: 30.08.10

2955-2019MTC/12.04

25-Nov

29-Nov US$ 1,620.00

MTC

TRIGOSO NORIEGA, MARCO ANTONIO

MADRID

REINO DE ESPAÑA

2956-2019MTC/12.04

26-Nov

29-Nov US$ 1,480.00

MTC

RODRIGUEZ VALENCIA, PABLO MEDELLIN JOSE

Inspección Técnica de Estación de Línea de la empresa LATAM REPÚBLICA AIRLINES PERU S.A. y AVIANCA DE PERÚ S.A., según plan de COLOMBIA vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. Inspección Técnica de Estación de Línea de las empresas LATAM AIRLINES PERU S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales.

2957-2019MTC/12.04

3-Dic

6-Dic

US$ 1,620.00

MTC

VELEZMORO EME, MANUEL MARTIN

BARCELONA

REINO DE ESPAÑA

2958-2018MTC/12.04

3-Dic

6-Dic

US$ 1,480.00

MTC

ROJAS VIGIL, JUAN ANDRES

CALI

Inspección Técnica de Estación de Línea de la empresa LATAM REPÚBLICA AIRLINES PERU S.A. y AVIANCA DE PERÚ S.A., según plan de COLOMBIA vigilancia de las operaciones aéreas internacionales.

1826938-1

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