Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de noviembre de 2019 /

El Peruano

EDUCACION
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 285-2019-MINEDU Lima, 15 de noviembre de 2019 VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2019-INT-220490, el Informe N° 00109-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUDICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe N° 01437-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante la Ley N° 29652, modificada por la Ley N° 30139, se creó la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma (UNAAT), con personería jurídica de derecho público interno con sede en la ciudad de Tarma del departamento de Junín; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo provisto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las

Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 008-2015-MINEDU se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAAT, quedando integrada de la siguiente manera: MIGUEL ANGEL BARRENA GURBILLON como Presidente; LUCIA ARANDA MORENO como Vicepresidenta Académica; y ESTHER ARIAS CORDOVA como Vicepresidenta de Investigación; Que, con la Resolución Viceministerial N° 093-2016-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la UNAAT, integrada por EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES como Presidente; ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA como Vicepresidenta Académica; y ESTHER ARIAS CORDOVA como Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Oficio N° 01190-2019-MINEDU/VMGPDIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00109-2019-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Dar el reconocimiento póstumo a la señora ESTHER ARIAS CORDOVA, en mérito a los servicios prestados en el ejercicio de sus funciones como Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAAT; ii) Dar por concluidas las designaciones del señor EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES y la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA a los cargos de Presidente y Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la UNAAT; y, iii) De acuerdo con la evaluación realizada, designar a la señora NANCY GUILLERMINA VERAMENDI VILLAVICENCIOS en el cargo de Presidenta, al señor SIMEON MOISES HUERTAS ROSALES en el cargo de Vicepresidente Académico y al señor WILLIAM ELMER ZELADA ESTRAVER en el cargo de Vicepresidente de Investigación; Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29652, modificada por la Ley N° 30139; Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar el reconocimiento póstumo a la señora ESTHER ARIAS CORDOVA, en mérito a los servicios prestados en el ejercicio de sus funciones como Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma.

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