Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 17 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Dar por concluidas las designaciones del señor EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES al cargo de Presidente y de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES HERRERA al cargo de Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, dándoles las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, la misma que estará integrada por: NANCY GUILLERMINA VERAMENDI VILLAVICENCIOS, Presidenta; SIMEON MOISES HUERTAS ROSALES, Vicepresidente Académico; y WILLIAM ELMER ZELADA ESTRAVER, Vicepresidente de Investigación. Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un plan de trabajo para el presente año, un informe sobre el estado situacional y, copia del informe de entrega de cargo presentado por la saliente Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1827620-1

Aprueban Norma Técnica denominada "Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 287-2019-MINEDU Lima, 15 de noviembre de 2019 VISTOS, el Expediente N° 0193730-2019, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe N° 01444-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley establece como función del Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el literal d) del artículo 173 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU,

establece que la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar tiene la función de formular documentos normativos y brindar asistencia técnica para orientar la creación y racionalización de plazas, selección, formación y desempeño del personal administrativo de las instituciones educativas, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, a su vez, el literal e) del artículo 169 del precitado Reglamento establece que la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada, dependiente de la Dirección General de Gestión Descentralizada, tiene la función de formular documentos normativos y brindar asistencia técnica para orientar la creación y racionalización de plazas, selección, formación y desempeño del personal administrativo de las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y de las Unidades de Gestión Educativa Local, así como la elaboración de documentos de gestión, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, conforme a la Resolución Viceministerial N° 282-2019-MINEDU, se asigna a la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, en materia de personal administrativo, la función de formular, proponer, supervisar y evaluar políticas, documentos normativos y estrategias para la mejora del personal administrativo de las instituciones de educación técnico-productiva, superior tecnológica y artística; Que, asimismo, a través de la precitada Resolución Viceministerial, se asigna a la Dirección General de Desarrollo Docente, a través de la Dirección de Formación Inicial Docente, en materia de personal administrativo, la función de formular, proponer, supervisar y evaluar políticas, documentos normativos y estrategias para la mejora del personal administrativo de las instituciones de educación superior pedagógica; Que, considerando las funciones antes señaladas, a través del Oficio N° 00531-2019-MINEDU/VMGIDIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe N° 00262-2019-MINEDU/VMGIDIGC-DIF, el cual fue complementado con el Informe N° 00279-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-DIF; suscritos por la Dirección de Fortalecimiento de la Gestión Escolar, la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada, la Dirección de Formación Inicial Docente, la Dirección de Servicios de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Desarrollo Docente y la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la "Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en las sedes administrativas de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos"; Que, asimismo, en el Informe N° 00262-2019-MINEDU/ VMGI-DIGC-DIF, se solicita la derogación de la Norma Técnica denominada "Normas para el proceso de contratación de personal administrativo en las sedes administrativas de las DRE/UGEL, Instituciones Educativas, Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos, y de profesionales de la salud", aprobada por el artículo 2 de la Resolución de Secretaría General N° 346-2016-MINEDU; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

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