Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 17 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza Nº 514-MDA.- Ordenanza que regula el funcionamiento de la DEMUNA de la Municipalidad Distrital de Ate 47 Acuerdo Nº 077-2019/MDA.Autorizan viaje de Secretaria General y Sub Gerente de Salud y Bienestar Social a la República Dominicana, en comisión de servicios 48

Ordenanza Nº 508-MSI.- Prorrogan suspensión temporal de la aplicación de diversas disposiciones de la Norma SI04 del Reglamento Integrado Normativo - RIN del distrito, aprobado por Ordenanza N° 474-MSI 50 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Res. Nº 239-2019-GM/MDSJL.- Aprueban Directiva para la realización de Trabajos Comunales en Coparticipación con los Comités de Gestión del Distrito de San Juan de Lurigancho y la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho 51 esta plaga que se encuentra reportada en España; por lo que la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria ha procedido con la reevaluación al estudio de Análisis de Riesgo de Plagas para la importación del indicado producto e identificó que la mencionada plaga también se encuentra presente en lugares de producción de España, existiendo el riesgo que Salsola kali pueda ingresar a nuestro país en envíos importados de quinua; Que, en base a los documentos del visto, se considera necesario reevaluar los requisitos fitosanitarios establecidos en la Resolución Directoral N° 0006­2019­ MINAGRI­SENASA-DSV de fecha 09 de mayo de 2019, con el propósito de contar con mayores elementos de evaluación sobre los procesos de monitoreo y control de malezas, métodos de inactivación de semillas, procesos de producción y certificación en origen que garanticen la condición fitosanitaria de los envíos de quinua; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR la aplicación de los requisitos fitosanitarios establecidos en la Resolución Directoral N° 0006­2019­MINAGRI­ SENASA-DSV de fecha 09 de mayo de 2019. Artículo 2.- La derogación se hará efectivo a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VILMA AURORA GUTARRA GARCIA Directora General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1827569-1

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Derogan la aplicación de requisitos fitosanitarios establecidos en la R.D. N° 0006-2019-MINAGRI-SENASA-DSV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0017-2019-MINAGRI-SENASA-DSV 15 de noviembre de 2019 VISTO: El Informe ARP N° 036­2019­MINAGRI­SENASADSV-SARVF de fecha 12 de noviembre de 2019 y el INFORME-0003-2019-MINAGRI-SENASA-DSV-SCVECARRILLO de fecha 13 de noviembre del 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el primer párrafo del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el segundo párrafo del artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial de Comercio; Que, el primer párrafo del artículo 47 del Decreto Supremo N° 032-2003-AG ­ Reglamento de Cuarentena Vegetal, señala que ante la detección de plagas cuarentenarias en envíos importados o ante la aparición o resurgimiento de plagas de otros países, el SENASA adoptara medidas de emergencia, como la suspensión de la emisión de Permisos Fitosanitarios de Importación o de los requisitos fitosanitarios vigentes, hasta que se establezcan las medidas fitosanitarias que aseguren al país mantener un adecuado nivel de protección fitosanitario; Que, mediante Resolución Directoral N° 0007-2019-MINAGRI-SENASA-DSV de fecha 17 de mayo de 2019, se suspendieron los requisitos fitosanitarios para la importación de granos de quinua de origen y procedencia España, toda vez que existe discrepancia en las dosis reguladas para el tratamiento químico pre embarque; además de ello, el SENASA ha interceptado la plaga cuarentenaria Salsola kali en varios envíos de granos importados desde diversos países,

AMBIENTE
Autorizan incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 350-2019-MINAM Lima, 15 de noviembre de 2019 VISTOS; Memorando N° 02137-2019-MINAM/SG/ OGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° 00555-2019-MINAM/SG/OGA/OF de la Oficina de Finanzas; el Memorando Nº 01461-2019-MINAM/

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