Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2019 (17/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 17 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Ministerial Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente remitir copia de la presente Resolución Ministerial dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5. Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente ­ Administración General hasta por la suma de Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos y 00/100 Soles y (S/ 113 582,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoria, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el Artículo 5 se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones admirativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 7. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 5 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 8. Monitoreo La Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente Administración General del Pliego 005 Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1827750-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de Directora de Desarrollo de Mercados Internacionales a Egipto, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 395-2019-MINCETUR Lima, 8 de noviembre de 2019

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo y de las negociaciones comerciales internacionales; Que, a través del Viceministerio de Comercio Exterior, el MINCETUR formula, coordina, ejecuta, evalúa y supervisa la política nacional y sectorial de comercio exterior e integración comercial, formula y ejecuta las acciones concernientes a la agenda comercial internacional, los esquemas de integración comercial, las negociaciones comerciales internacionales y dirige la negociaciones comerciales en el marco de los acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales, entre otras funciones; y a través de la Dirección de Desarrollo de Mercados Internacionales (DDMI), coordina y ejecuta políticas sectoriales que implementen estrategias de desarrollo de mercados internacionales, mejorando el aprovechamiento de los canales de mercado, y coordina, implementa y ejecuta políticas, estrategias y planes de desarrollo para insertar nuestra oferta exportable de bienes y servicios en los mercados internacionales y en las cadenas de valor globales y regionales; Que, dado que las cadenas globales y regionales de valor juegan un rol importante en el comercio internacional actual, la participación en dichas cadenas permite incrementar la presencia de empresas peruanas en los mercados internacionales, tener acceso a mayor conocimiento y tecnología, entre otros objetivos, el Plan Estratégico Nacional Exportadores (PENX) 2025 incluye líneas de acción relacionadas a promover la inserción en las cadenas globales de valor (CGV), que desarrollan programas en materia de mapeo de CGV, medición y monitoreo del valor agregado, apoyo a empresas exportadoras para su integración a dichas cadenas y atracción de inversiones y alianzas estratégicas para promover encadenamientos productivos para el aprovechamiento de los acuerdos comerciales; Que, la Iniciativa de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) sobre Cadenas Globales de Valor, Transformación Productiva y Desarrollo, es una plataforma mundial que fomenta el diálogo de políticas y el intercambio de conocimientos entre países miembros y no miembros de la OCDE, para apoyar la transformación productiva y mejorar la participación en los mercados internacionales. Esta Iniciativa es parte de la Estrategia de la OCDE para el Desarrollo adoptada en el año 2012, que cuenta con 18 países participantes, entre ellos el Perú, que participa activamente desde el año 2014; Que, las principales actividades de la Iniciativa son las dos reuniones plenarias que se realizan cada año, durante las cuales se implementa el plan de trabajo, se intercambia conocimientos sobre las principales tendencias y dinámicas sectoriales, así como sobre los principales factores que impulsan la transformación productiva; la primera del año 2019, la 12° Reunión Plenaria, se llevó a cabo en Lima los días 2 y 3 de abril del presente año, y contó con la participación de delegaciones extranjeras de 15 países, representantes de 5 organismos internacionales, expertos nacionales e internacionales y funcionarios peruanos; Que, la 13° Reunión Plenaria se realizará en la ciudad de El Cairo, República Árabe de Egipto, los días 20 y 21 de noviembre de 2019, en la que el Ministro de Comercio Exterior y Turismo participará como expositor en una sesión del evento, a fin de discutir los avances realizados desde que el Perú realizó la 12° Reunión Plenaria en Lima; Que, dicho evento constituye un espacio para promover el diálogo de políticas, la creación de conocimiento, la construcción de redes entre los países participantes, los miembros del Consejo Consultivo e invitados del sector privado y academia; en tal sentido, la reunión abordará, entre otras, cuatro áreas prioritarias de la iniciativa: el escenario global y tendencias en

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