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17 NORMAS LEGALES Martes 26 de noviembre de 2019 El Peruano / Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL), entre otros, ochenta y siete (87) Informes Técnicos de Tasación correspondientes al área del inmueble con código PH1-139-CCJC y sus mejoras, afectados por la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Huánuco – Conococha, Sector: Huánuco - La Unión – Huallanca Ruta PE-3N, Tramo I: Km. 0+000 – Km. 52+920” (en adelante, la Obra); Que, por Memoranda Nos. 789 y 828-2019-MTC/20.22, la Dirección de Infraestructura de PROVIAS NACIONAL, remite los Informes Nos. 508 y 538-2019-MTC/20.22.4 de la Subdirección de Derecho de Vía, así como el Informe Legal Nº 002-2019-JLAR y el Informe Complementario Nº 006-2019-JLAR, que cuentan con la conformidad de la referida Subdirección y de su Jefatura de Liberación del Derecho de Vía para Obras Públicas, a través de los cuales se señala que: i) ha identi fi cado al Sujeto Pasivo y el área y mejoras del inmueble afectado por la Obra, ii) el Sujeto Pasivo tiene su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, iii) ha determinado el valor total de las Tasaciones; y, iv) el Sujeto Pasivo ha aceptado la oferta de adquisición; por lo que, considera técnica y legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total de las Tasaciones y el pago correspondiente; asimismo, adjunta los Certi fi cados de Búsqueda Catastral y el Certi fi cado Registral Inmobiliario expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del área y mejoras del predio afectado, contenida en el Informe N° 2934-2019-MTC/20.4; Que, por Informe N° 3257-2019-MTC/20.3, la O fi cina de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, concluye que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total de las Tasaciones y el pago correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones ascendente a S/ 2´801,235.06, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área y mejoras del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Huánuco – Conococha, Sector: Huánuco - La Unión – Huallanca Ruta PE-3N, Tramo I: Km. 0+000 – Km. 52+920”, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y realice el pago del valor total de las Tasaciones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse el área del inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Sujeto Activo o Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble; los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR TOTAL DE LAS TASACIONES CORRESPONDIENTES AL AREA Y MEJORAS DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA HUÁNUCO – CONOCOCHA, SECTOR: HUÁNUCO - LA UNIÓN – HUALLANCA RUTA PE-3N, TRAMO I: KM. 0+000 – KM. 52+920. ITEM CÓDIGOVALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) S/INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE S/VALOR TOTAL DE LA TASACION S/ 1 PH1-139-CCJC 222,245.94 44,449.19 266,695.13 2 PH1-139-CC-001 1,500.00 300.00 1,800.00 3 PH1-139-CC-002 12,310.36 2,462.07 14,772.43 4 PH1-139-CC-003 32,429.23 6,485.85 38,915.08 5 PH1-139-CC-004 18,009.46 3,601.89 21,611.35 6 PH1-139-CC-005 4,294.63 858.93 5,153.56 7 PH1-139-CC-006 39,710.25 7,942.05 47,652.30 8 PH1-139-CC-006-A 36,010.63 7,202.13 43,212.76 9 PH1-139-CC-007 64,308.19 12,861.64 77,169.83 10 PH1-139-CC-008 47,136.33 9,427.27 56,563.60 11 PH1-139-CC-009 24,569.19 4,913.84 29,483.03 12 PH1-139-CC-010 24,455.42 4,891.08 29,346.50 13 PH1-139-CC-011 57,145.66 11,429.13 68,574.79 14 PH1-139-CC-012 13,773.75 2,754.75 16,528.50 15 PH1-139-CC-013 66,737.35 13,347.47 80,084.82 16 PH1-139-CC-014 58,096.93 11,619.39 69,716.32 17 PH1-139-CC-016 32,736.53 6,547.31 39,283.84 18 PH1-139-CC-017 40,075.37 8,015.07 48,090.44 19 PH1-139-CC-018 10,702.53 2,140.51 12,843.04 20 PH1-139-CC-019 34,201.12 6,840.22 41,041.34 21 PH1-139-CC-021 26,555.88 5,311.18 31,867.06 22 PH1-139-CC-022 50,884.04 10,176.81 61,060.85 23 PH1-139-CC-024 32,960.52 6,592.10 39,552.62 24 PH1-139-CC-027 21,132.80 4,226.56 25,359.36 25 PH1-139-CC-028 11,016.94 2,203.39 13,220.33