Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

128
CONDICIÓN DE EMISIÓN (1) (2)

NORMAS LEGALES
REQUISITO MÍNIMO (3) REPRESENTACIÓN IMPRESA INFORMACIÓN MÍNIMA DEL RESUMEN

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

N.º

CAMPO

VALIDACIÓN

DESCRIPCIÓN (4)

DATOS ADICIONALES GENERALES 44 Leyenda X X Solo de corresponder. El código Según el catálogo N.º 52 '1002' es aplicable cuando todas las del Anexo N.º 8. operaciones comprendidas en la liquidación de compra son gratuitas Según el catálogo N.º 01 del Anexo N.º 08 considerar el código "09" o "31". Solo de corresponder. En la representación impresa debe sustituir el código por la denominación "Guía de Remisión - Remitente" o "Guía de Remisión - Transportista ", según sea el caso.

45

Tipo y numeración de la guía de remisión relacionada con la operación

X

X

46

Tipo y número de otro documento relacionado con la operación

X

X

Solo de corresponder. En este caso, en la representación impresa Según el catálogo N.º 12 deberá sustituirse el código de Tipo del Anexo N.º 08. de documento por la denominación de este y colocar a continuación el número.

DATOS ADICIONALES - TRASLADO DE BIENES 47 Número de placa del vehículo que realiza el traslado Número de placa del camión, remolque, tracto remolcador o semirremolque Dato alfanumérico de hasta 8 posiciones. Dato alfanumérico de hasta 8 posiciones. Solo de corresponder. En caso se utilice para sustentar el traslado de bienes Solo de corresponder. En caso se utilice para sustentar el traslado de bienes

48

DATOS ADICIONALES - ANTICIPOS 49 Importe del anticipo X X Solo de corresponder. Es el monto de anticipo consignado en una liquidación de compra electrónica emitida con anterioridad. Solo de corresponder. Es la sumatoria de los montos consignados en la liquidación de compra según el campo "Importe del anticipo". Campo alfanumérico de 50 caracteres. Campo numérico con formato ##% Campo lleno. Campo alfanumérico de 100 caracteres.

50

Total de anticipos

X

DATOS ADICIONALES - ORO 51 52 53 54 (1) (2) (3) (4) Código del derecho minero Ley del mineral (contenido metálico) Naturaleza del mineral Nombre del derecho minero X X X X D.S N.º 018-2018-EM D.S N.º 018-2018-EM D.S N.º 018-2018-EM D.S N.º 018-2018-EM

Los campos definidos como condición de emisión son elementos constitutivos del documento electrónico, por lo que su incumplimiento tiene como consecuencia la inexistencia del mismo. En adición a lo señalado en el rubro "validación" el contenido de la liquidación de compra debe cumplir con lo indicado en el literal e) del Anexo N° 9-A. La información que se coloque en cada campo debe ser la correcta. Cuando el campo sea de utilización obligatoria, también será considerado como requisito mínimo de la liquidación de compra electrónica.

1831005-1

PODER JUDICIAL

VISTO: El Oficio N° 1319-2019-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Ley N° 27803 "Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales", se instituyó un Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios para los extrabajadores cesados mediante procedimientos de ceses colectivos llevados a cabo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo en el marco del proceso de promoción de la inversión privada, y que conforme a lo

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Declaran nula de oficio la Res.Adm. N° 101-2018-GG-PJ, expedida por la Gerencia General del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 432-2019-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2019

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