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135 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2019 El Peruano / Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, mediante el documento del visto, el Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación, Walter Ronal Aurelio Hermoza Romero solicita la aprobación de pasajes, viáticos, inscripción y seguro viajero para poder asistir al X Encuentro Internacional de Estudiosos de la Información y la Comunicación: “Infocomunicación, ciudadanía y cambio social: agendas renovadoras para un nuevo desarrollo” – ICOM 2019, a realizarse en La Habana – Cuba, del 02 al 06 de diciembre del 2019. Que, por lo expuesto, el Consejo Universitario, en mérito al citado documento, en su sesión del 06 de noviembre del 2019, acordó autorizar el viaje del Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación, Walter Ronal Aurelio Hermoza Romero, para asistir al X Encuentro Internacional de Estudiosos de la Información y la Comunicación: “Infocomunicación, ciudadanía y cambio social: agendas renovadoras para un nuevo desarrollo” – ICOM 2019, a realizarse en La Habana – Cuba, del 02 al 06 de diciembre del 2019, a quien se le otorgará el pago de pasajes, seguro viajero, viáticos e inscripción respectiva, conforme lo determinen las o fi cinas correspondientes y en mérito a las directivas aplicables vigentes, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal, según la O fi cina Universitaria de Planeamiento. Que, la participación del Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación, en el referido evento internacional a realizarse en el país de Cuba, cumple con el Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220 en concordancia con el artículo 4º del Estatuto Universitario; asimismo, se encuentra enmarcada dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades públicas y privadas dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como en su artículo 7º, que dispone: “(…) La Universidad para el cumplimiento de sus fi nes y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fi n de crear una amplia red de cooperación cientí fi co-técnica (…)”; asimismo, se encuentra enmarcada dentro de los fi nes de la Universidad, descrito en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística a través del “Formato de Trámite para Pasajes Aéreos y Viáticos Internacionales” ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje, viáticos y la inscripción respectiva, para la participación de Walter Ronal Aurelio Hermoza Romero, Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la UNSA, en el citado evento; asimismo, la O fi cina Universitaria de Planeamiento mediante O fi cio Nº 1490-2019-OUPL-UNSA, informa que de acuerdo a la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal para atender los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Presupuesto del Año Fiscal 2019, para atender el requerimiento efectuado.Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nro. 30220, al Rectorado y al Consejo Universitario. SE RESUELVE:Primero.- Autorizar el viaje del Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la UNSA, WALTER RONAL AURELIO HERMOZA ROMERO, para asistir al X Encuentro Internacional de Estudiosos de la Información y la Comunicación: “Infocomunicación, ciudadanía y cambio social: agendas renovadoras para un nuevo desarrollo” – ICOM 2019, a realizarse en La Habana – Cuba, del 02 al 06 de diciembre del 2019. Segundo.- Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorgue a favor del mencionado Decano, la Certi fi cación del Crédito Presupuestal – CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos : Arequipa-Lima-Habana-Lima-Arequipa S/ 3,650.00 soles Del 30 de noviembre al 09 de diciembre del 2019.Seguro de viaje : S/ 200.00 solesViáticos (6 días) : S/ 5,751.06 solesInscripción : S/ 811.44 Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado Decano presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1831157-1 Autorizan viaje de Decano de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Uruguay, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0995-2019 Arequipa, 22 de noviembre del 2019Visto el O fi cio Nº 721-2019-FAU-UNSA, del Decano de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UNSA. CONSIDERANDOQue, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta