Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

El Peruano / Jueves 28 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Manuel Dios Espinoza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Tumbes y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas­Sede Tumbes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 839-2015-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2015, con efectividad al 23 de noviembre de 2019, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Gabriela Silva Zafra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas­Sede Tumbes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1831380-3

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000245-2019-JN/ONPE Lima, 25 de noviembre del 2019 VISTOS: Oficio N° 002280-2019-CG/DC, de la Contraloría General de la República; el Informe N° 000204-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe N° 000196-2019-GAD/ONPE, de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 003402-2019-GPP/ ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000414-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: El artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias, dispone entre otros, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Asimismo, el mencionado artículo de la citada Ley señala que, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; En la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Con Oficio de vistos, la Contraloría General de la República (CGR) solicita a la Oficina Nacional de Procesos Electorales realizar la transferencia financiera a dicha entidad por la suma de S/ 63, 050.85 (Sesenta y tres mil cincuenta y 85/100 soles), para financiar el cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo de los procesos electorales ejecutados durante el año 2018. Cabe precisar, que la CGR menciona además, el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de las sociedades de auditoria, equivalentes al seis por ciento (6%). Por su parte, la Gerencia de Administración a través del Informe de vistos, que referencia el Informe N° 001178-2019-SGF-GAD/ONPE de la Sub Gerencia de Finanzas informa que, las sociedades de auditoría son contratadas por la CGR; en ese sentido, recomienda aprobar los recursos para la transferencia financiera para la contratación de la auditoría de las Elecciones Regionales y Municipales, Segunda Elección Regional, y Referéndum 2018; Con Memorando N° 003402-2019-GPP/ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe N° 003036-2019-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia financiera del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 63, 050.85 (Sesenta y tres mil cincuenta y 85/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría que realizará la revisión de los procesos electorales ejecutados durante el año 2018, antes referidos; En virtud de lo expuesto, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 63, 050.85 (Sesenta y tres mil cincuenta y 85/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor de la Contraloría General de la República, para los fines señalados en los considerandos precedentes; En el marco de las normas descritas, y de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el literal s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; así como las normas antes referidas; Con el visado de la Gerencia General y de las Gerencias Administración, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del

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