Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 28 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.0; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 174-2018-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR los artículos 1° y 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE de fecha 13 de noviembre del 2019 por los considerandos expuestos en la presente Resolución, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -RO, Meta 0044, Actividad 01- OGA­Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras Unidades del Gobierno Nacional" por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles)." Artículo 2.- DISPONER que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE permanezca vigente en todos sus alcances; excepto los artículos 1° y 2° modificados por la presente Resolución. Artículo 3.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA, (www.devida.gob.pe). Regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1831438-1

El Oficio N° 000955-2019-CG/SGE, de la Contraloría General de la Republica, el Memorando N° 2648-2019OGA/INEN, de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 1122-2019-OGPP/INEN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1233-2019-OAJ/INEN, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28748 se otorgó al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN, la categoría de Organismo Público Descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía económica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud; calificado posteriormente como Organismo Público Ejecutor, en concordancia con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA, publicado en el diario oficial El Peruano, el 11 de enero del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (ROF-INEN), estableciendo la jurisdicción funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes órganos y Unidades Orgánicas; Que, mediante Ley N° 30879 se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en mérito del cual, se expidió la Resolución Jefatural Nº 806-2018-J/INEN, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2019 del Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas­INEN; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la citada Resolución; Que, mediante el Oficio N° 000955-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita al Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas realizar la Transferencia Financiera del 50% de la retribución

INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar gastos derivados de la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 516-2019-J/INEN Lima, 25 de noviembre de 2019

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