Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Jueves 28 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Los incrementos tarifarios base previstos para el segundo año regulatorio para el servicio de agua potable y alcantarillado de 7,8% para la localidad de Pasco se aplicará en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del primer año regulatorio. Los incrementos tarifarios base previstos para el cuarto año regulatorio para la tarifa de agua potable de 7,5% y para la tarifa de alcantarillado de 6,5% para las localidades de Pasco y Vicco se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del Índice de Cumplimiento Global (ICG) obtenido al término del tercer año regulatorio. EMAPA PASCO S.A. deberá acreditar ante la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios. La empresa prestadora podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año, de acuerdo a lo indicado en el Estudio Tarifario. 2. INCREMENTOS TARIFARIOS ASOCIADOS A GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DE LAS INVERSIONES REALIZADAS POR EL OTASS EMAPA PASCO S.A. deberá acreditar ante la SUNASS la puesta en operación de cada una de las inversiones indicadas en el literal B del presente anexo, conforme lo señalado en el Anexo VIII del Estudio Tarifario. ANEXO N° 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EMAPA PASCO S.A. I. ESTRUCTURAS TARIFARIAS PARA EMAPA PASCO S.A.: Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Asimismo, se aplicarán dos estructuras tarifarias diferenciadas para cada localidad, tal como se detallará más adelante. I.1 Cargo fijo (S//Mes): 1,97 se reajusta por efecto de la inflación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado: I.2.1 Para la localidad de Pasco:
Clase Categoría Social Residencial Doméstico Rango 0 a más 0 a 10 10 a 20 20 a más Comercial y otros No Residencial Industrial Estatal 0 a 20 20 a más 0 a más 0 a 20 20 a más Tarifa Agua Potable (S/ / m³) 0,745 0,745 0,783 1,058 1,130 1,907 2,308 1,202 1,975 Tarifa Alcantarillado (S/ / m³) 0,195 0,195 0,268 0,317 0,360 0,496 0,692 0,312 0,596

Para la categoría Estatal, las asignaciones de consumo mensual de 210 m3 y 430 m3 que actualmente viene aplicando EMAPA PASCO S.A. se mantendrán vigentes hasta que el volumen consumido de agua sea determinado a través de la diferencia de lecturas de un medidor. Los criterios para la aplicación del volumen asignado, para cada categoría, se detallan en el Estudio Tarifario. I.2.2 Para la localidad de Vicco:
Clase Categoría Social Residencial Doméstico Comercial y otros Industrial Estatal Rango 0 a más 0 a 10 10 a más 0 a más 0 a más 0 a más Tarifa Agua Potable (S/ / m³) 0,203 0,203 0,401 0,671 0,945 0,613 Tarifa Alcantarillado (S/ / m³) 0,034 0,034 0,066 0,110 0,156 0,101

No Residencial

Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 8 Doméstico 8 Comercial y otros 15 Industrial 20 Estatal 20

I.3 Factor de ajuste Asimismo, cabe mencionar que aquellos usuarios de la categoría doméstico de la localidad de Pasco ubicados en manzanas clasificadas como estrato bajo y medio bajo, según los Planos Estratificados elaborados por el INEI, serán beneficiarios de un factor de ajuste sobre la tarifa de agua potable (en el primer rango de consumo), según el siguiente cuadro: Factor de ajuste a aplicar a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico para la localidad de Pasco
Localidad Pasco Rango 0 a 10 Beneficiarios 0,972

I.4 Determinación del importe a facturar a las localidades de la empresa prestadora EMAPA PASCO S.A. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable en cada una de las localidades bajo el ámbito de EMAPA PASCO S.A. se aplicará el siguiente procedimiento: Localidad de Pasco a. A los usuarios de la categoría social e industrial se les aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido. b. A los usuarios de la categoría doméstico se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: b.1. No Beneficiarios: - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m3), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (10 a 20 m3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 10 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del tercer rango (más de 20 m3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m3 consumidos, ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen comprendido entre 10 m3 y 20 m3, y

Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 8 Doméstico 8 12 14 Comercial y Industrial otros 18 36 36 Estatal 36 96

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