Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

El Informe N° 000327-2019-DV-OGA-UCONT de la Unidad de Contabilidad de la Oficina General de Administración, el Informe N° 000088-2019-DV-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 000133-2019-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Proveído N° 002104-2019-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 174-2018-DV-PE, de fecha 31 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian correspondientes al año fiscal 2019, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividades Empresariales del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en tal sentido, con el Oficio N° 00953-2019-CGA/ SGE recibido el 06 de noviembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­ DEVIDA deberá transferir en el año 2019 el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019 y un deposito en la cuenta corriente del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría. Asimismo, se indica que se debe adjuntar una previsión

presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya trasferencia financiera debe de efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE de fecha 13 de noviembre del 2019, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA, hasta por la suma de S/ 97,562.42 (Noventa y siete mil quinientos sesenta y dos con 42/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Informe N° 000327-2019-DV-OGAUCONT, la Unidad de Contabilidad de la Oficina General de Administración, señala que luego de efectuada las coordinaciones con el Área Financiera de la Contraloría General de la República se ha precisado que el desembolso de los recursos a favor de dicha entidad se debe de realizar de la siguiente manera: la primera a través de una transferencia financiera (50% de retribución económica incluido IGV) por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y uno mil setenta y tres con 00/100 Soles) y la segunda a través de un deposito en cuenta (6% por derecho de designación y supervisión) por la suma de S/ 16,489.42; motivo por el cual solicita se efectúen las acciones del caso para la modificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE, y se apruebe una transferencia financiera (50% de retribución económica incluido IGV) a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y uno mil setenta y tres con 00/100 Soles); Que, la Oficina General de Administración mediante Informe N° 000088-2019-DV-OGA y sustentando en el Informe N° 000327-2019-DV-OGA-UCONT de la Unidad de Contabilidad, solicita la realización de una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) que comprende al 50% de retribución económica, con el fin que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas­DEVIDA; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con Proveído N° 002104-2019-OPP hace suyo el Informe N° 000133-2019-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, y mediante el cual emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente al periodo 2019 así como el pago de depósito en cuenta del 6% por derecho de designación o supervisión de la Sociedad de Auditoría, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario modificar el artículo 1° y 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE y en consecuencia dichas modificaciones deben de efectuarse por acto resolutivo de igual jerarquía; Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Contabilidad de la Oficina General de Administración; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Ley N° 27785, Ley Orgánica del

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