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14 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 / El Peruano Autorizan segunda transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2019-MINEM/DM Lima, 30 de setiembre de 2019VISTOS: El expediente 2976946 el Informe N° 739-2019-MINEM/DGFM, emitido por la Dirección General de Formalización Minera, el Informe N° 060-2019/MEM-OGPP/OPRE, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 927-2019-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, hasta por el monto de S/ 7 500 000.00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y Minas – Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 18 de marzo de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Piura suscribieron el Convenio N° 017-2019-MEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al Gobierno Regional de Piura, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dicho Gobierno Regional, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permita continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, mediante el Convenio N° 017-2019-MEM- DGFM, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir a favor del Gobierno Regional de Piura el monto ascendente del Gobierno Regional de Piura el monto ascendente a S/ 172 469,00 (Ciento setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve con 00/100 Soles), para ser destinado al proceso de formalización minera integral, en el citado Gobierno Regional; Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2019-00142-001, la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto certi fi có la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fi nes indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Piura; Que, mediante Informe N° 060-2019/MEM-OGPP/ OPRE, de fecha 28 de marzo de 2019, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Piura en el marco del inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial N° 183- 2019-MEM/DM del 17 de junio del 2019, se aprobó la transferencia fi nanciera al Gobierno Regional de Piura, correspondiente al primer semestre del 2019, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Novena del Convenio N° 017-2019-MEM-DGFM; Que, mediante Informe N° 739-2019-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera señala que el Gobierno Regional de Piura ha cumplido con presentar los informes trimestrales referidos al avance de la ejecución de los recursos que el Ministerio de Energía y Minas le ha transferido; y, con presentar el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2018, de acuerdo a lo comprometido en la Cláusula Sexta y en la Cláusula Novena del Convenio N° 017-2019-MEM-DGFM, respectivamente; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Piura, por la suma de S/ 86 234,50 (Ochenta y seis mil doscientos treinta y cuatro con 50/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Piura Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Piura, por la suma de S/ 86 234,50 (Ochenta y seis mil doscientos treinta y cuatro con 50/100 Soles), para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle: Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 86 234,50 TOTAL EGRESOS S/ 86 234,50 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 “Formalización de la pequeña minería y minería artesanal”, según el siguiente detalle: Pliego Unidad EjecutoraUnidad Ejecutora SIAF1r Gobierno Regional de PiuraN° 001 Sede Central - Región PiuraN° 00892S/ 86 234,50 Programa PresupuestalProductoActividad Cuenta RUCN° 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanalN° 3000658 Mineros FormalizadosN° 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta Única del Tesoro Público – CUTN° 20484004421