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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (01/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 103

7 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 El Peruano / de Salud, Ambiental e Intercultural denominada “Políticas para la Atención Integral de la Salud de los Afectados por Contaminación con Metales Tóxicos y otros” que se constituyó en un espacio de diálogo cooperativo entre los distintos sectores del Poder Ejecutivo para garantizar integralmente el derecho a la salud de la población afectada por metales pesados y otras sustancias químicas en el contexto de las actividades extractivas; Que, a fi n de contribuir con la fi nalidad de la Mesa Técnica antes indicada, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos a través del Informe N° 132-2019-MEM/DGAAH/DGAH, consideró pertinente promover la creación e instalación de un Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos de naturaleza temporal, que tendría como objeto la elaboración de un Plan de Acción para optimizar la gestión de sustancias químicas en el desarrollo de Actividades de Hidrocarburos, y, de ser el caso identi fi car y/o proponer mejoras tanto a nivel de la normativa como en el manejo técnico de las mismas; Que, con la fi nalidad de obtener la conformidad para la creación el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos, con O fi cios N° 353-2019-MEM/DGAAH y 354-2019-MEM/ DGAAH, del 29 de abril de 2019, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos — DGAAH, remite la propuesta a la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente y a la Gerencia de Supervisión de Energía del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería — OSINERGMIN, respectivamente;. Que, mediante O fi cio N° 00201-2019-MINAM/VMGA/ DGCA, del 07 de mayo de 2019, la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente remite a la DGAAH, el Informe N° 00068-2019-MINAM/VMGA/DGCA/DCCSQ, expresando su conformidad. Asimismo, con O fi cio N° GSE-47-2019, del 17 de junio de 2019, la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN propone sus representantes para integrar el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos. Del mismo modo, mediante Memorando N° 0554-2019-MINEM-DGH, del 31 de julio de 2019, la Dirección General de Hidrocarburos expresa su conformidad para su creación; Que, de acuerdo con el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros; pudiendo ser sectoriales o multisectoriales, y aprobados mediante Resolución Ministerial del Ministerio que los preside; Que, asimismo, el artículo 28 del lineamiento citado en el párrafo precedente, señala que los Grupos de Trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva “unidad de almacenamiento” o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi ficar. El texto en formato Word y si incluye grá ficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente – PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga). GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES