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15 NORMAS LEGALES Lunes 21 de octubre de 2019 El Peruano / Directiva: i) Bases Estándar de Concurso Público para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF; y, ii) Bases Estándar de Adjudicación Simpli fi cada para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y, SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la modi fi cación del subnumeral 7.4.4 del numeral 7.4 de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”, cuya aprobación y modi fi cación se formalizó con Resoluciones N° 013-2019-OSCE/PRE, N° 057-2019-OSCE/PRE, N° 098-2019-OSCE/PRE y N° 111-2019-OSCE/PRE, respectivamente, en los siguientes términos: “7.4.4. Respecto de la contratación de consultoría en general Bases Estándar de Concurso Público Bases Estándar de Concurso Público para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF Bases Estándar de Adjudicación Simpli fi cada Bases Estándar de Adjudicación Simpli fi cada para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF Solicitud de Expresión de Interés Estándar para Selección de Consultores Individuales” Artículo 2.- Formalizar la incorporación de las siguientes Bases Estándar como anexos de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución: - Bases Estándar de Concurso Público para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF. - Bases Estándar de Adjudicación Simpli fi cada para la Contratación del Servicio de Consultoría en el marco del Decreto Supremo N° 288-2019-EF. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus anexos en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1818631-3SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Agentes de Retención del Impuesto General a las Ventas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 203-2019/SUNAT DESIGNAN AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Lima, 18 de octubre de 2019CONSIDERANDO:Que el artículo 10 del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modi fi catorias, establece que la administración tributaria podrá designar como agentes de retención a los sujetos que considere se encuentran en disposición para efectuar la retención de tributos; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT y normas modi fi catorias se estableció el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designó a determinados sujetos como agentes de retención; Que con el fi n de lograr un adecuado funcionamiento del mencionado régimen, resulta necesario actualizar el padrón de agentes de retención; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se ha efectuado la prepublicación de la presente resolución por considerar que sería innecesaria, en la medida que la designación o exclusión de los agentes de retención es potestad de la administración tributaria conforme a lo establecido en el artículo 10 del TUO del Código Tributario; En uso de las facultades conferidas por el artículo 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modi fi catorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modi fi catorias, y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designación de agentes de retención Desígnase como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el anexo de la presente resolución, los cuales operarán como tales a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre del 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional (e) ANEXO: CONTRIBUYENTES DESIGNADOS COMO AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS N° RUC Nombre o razón social 1 20377066635 A.HARTRODT PERU S.A.C