Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 11 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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24. En aplicación del Anexo II del RETA, el promedio ponderado de las tarifas que conforman cada una de las canastas de servicios no podrá superar anualmente el porcentaje que resulta de la diferencia entre la inflación al consumidor de los Estados Unidos de América (RPI) menos el Factor de Productividad estimado por este Organismo Regulador. 1805700-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan Acuerdo que aprobó la actualización del documento técnico normativo "Normas de Competencia del Operador(a) en Manejo Productivo de Camélidos Domésticos Sudamericanos"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 108-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 9 de septiembre de 2019 VISTOS: Los Informes N° 000032-2019-SINEACE/P-DECEBTP y N° 000018-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva a través del Sistema de Gestión Documental; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, el numeral 6.2 del artículo 6, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)"; Que, con la Resolución Nº 081-2015-COSUSINEASE/ CDAH-P, se aprueba la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a Nivel Técnico Productivo" en la que se establecen las etapas para la normalización de competencias, indicándose que las mismas tienen una vigencia de cinco (05) años;

Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/ CDAH-P, se aprueba la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a Nivel Técnico Productivo" en la que se establecen las etapas para la normalización de competencias; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, tomando como base lo contenido en el Informe N° 000006-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP-JVA, propone la aprobación de la actualización del documento técnico normativo denominado: "Normas de Competencia del Operador(a) en Manejo Productivo de Camélidos Domésticos Sudamericanos", el mismo que cumple con la validación correspondiente; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 04 de setiembre 2019, llegó al Acuerdo N° 093-2019CDAH, mediante el cual se aprobó la actualización del documento técnico denominado "Normas de Competencia del Operador(a) en Manejo Productivo de Camélidos Domésticos Sudamericanos"; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220 Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo N° 093-2019-CDAH de sesión de fecha 04 de setiembre 2019, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó la actualización del documento técnico normativo denominado: "Normas de Competencia del Operador(a) en Manejo Productivo de Camélidos Domésticos Sudamericanos", el que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de cinco (05) años. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA MELIDA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1805517-1

Oficializan Acuerdo mediante el cual se autoriza ampliar la autorización a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Los Andes Cotarusi Aymaraes, como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación "Promotor de Servicios Financieros en ámbitos Rurales - Yachachiq Financiero"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 109-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 9 de septiembre de 2019 VISTO: El Informe N° 000031-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace a través del Sistema de Gestión Documental; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema

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