Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2019 (14/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de setiembre de 2019 /

El Peruano

d) La referida Subgerencia de Transportes realizará la liquidación, la cual se distribuira de la siguiente manera: una copia para el archivo del Depósito Municipal entregando el original al propietario. e) Adjuntar el pago por la infracción cometida de ser el caso ante la autoridad administrativa competente. f) Cumplido los procedimientos administrativos, la autoridad procederá a emitir la Orden de Salida del vehiculo del Depósito Municipal. g) El Encargado del Depósito Municipal elabora el Acta de Entrega del Vehículo, la misma que deberá ser firmada por el Encargado, el propietario dando la conformidad del vehículo de su estado en el cual tendrá especial cuidado de consignar el número de acta de situación vehicular. Artículo 8º.- ENTREGA DEL VEHICULO. La entrega del vehículo se realiza previa presentación de la Orden de Salida del Vehículo del Depósito Municipal Vehicular, otorgado por la Subgerencia de Transporte. Artículo 9º.- COSTO POR DERECHO DE GUARDIANIA. Este cobro por servicio se calculará por día y acumulativo por el tiempo que permanezca el vehículo en el depósito. Artículo 10º.AUTORIDAD MUNICIPAL RESPONSABLE. La Subgerencia de Transportes es la autoridad competente en matería de Tránsito y Transporte en el Distrito de Lurin, y tendrá a su cargo el cumplimiento y aplicación de presente marco normativo, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú. Artículo 11º.COMPETENCIAS SUBGERENCIA DE TRANSPORTE. DE LA

En los casos de aquellos vehículos que superen un periodo de 90 días calendarios sin haber realizado el propietario y/o representante legal, el procedimiento de liberación del vehículo. Se procederá a notificarlo para que en el periodo de cinco (05) días hábiles de recibida la presente notificación, realice el procedimiento de ley, caso contrario se remitirá todo lo actuado al Ejecutor Coactivo a fin de que proceda de conformidad con la normatividad de la materia. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Precisar que la ubicación del depósito municipal autorizado para el internamiento de vehículos, será detallada en el Acta de Internamiento, por ser el documento oficial que acredita el internamiento de dichos bienes, siendo responsable de su elaboración la Subgerencia de Transportes. Segunda.- Los formularios a emplearse en el presente Reglamento son los establecidos en las normativas correspondientes donde se disponga el internamiento y liberación de vehículos. Tercera.- Disponer que los servicios a los que se hace alusión, se deberán incluir con un formato de tarifario en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Lurín de conformidad con lo previsto en el numeral 43.4 del articulo 43º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Cuarta.- Aprobar los formatos de las Actas mencionadas en el Reglamento, los cuales forman parte integrante de su contenido, siendo su uso de obligatorio cumplimiento.

(ANEXO 1) ACTA DE INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR En el distrito de Lurín, de la provincia de Lima, siendo las_______________ horas del día______ del mes de ________________ del año ____________, en el Depósito Municipal Vehicular ubicado en_______________________________________ _______________________________________________________ _, ante el Inspector Municipal de Transporte con facultades delegadas:
INFRACTOR: Señor Domiciliado Ocupación INFRACCION: Código de Infracción Denominación Infracción Por lo que se procede al INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO: Tipo Placa Modelo Llantas Radio Otros Marca Color Motor Nº Parlantes Chasis Llaves (DNI) (CIP) (CE) (OTRO) Nº :

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones nacionales y municipales en materia de transito y transporte terrestre. b) Recibir partes e informes del personal de la Municipalidad encargado de la administración del Depósito Municipal Vehicular, en la que se da cuenta de los vehiculos internados. c) Supervisar, monitorear y asignar las labores del Encargado del Depósito Municipal Vehicular, que se encargará de la recepción de los vehiculos, elaboración de actas, asumiendo la responsabilidad de la custodia vehicular. d) Coordinar con el Encargado del Depósito Municipal Vehicular, la expedición de las ordenes de salida del vehiculo del depósito municipal, previa evaluación de los documentos. e) Dar cumplimiento a las Resoluciones que aprueban la exoneración de pago de tasas correspondientes, como resultado de un procedimiento administrativo iniciado por la parte interesada. f) Emitir informes respecto a los Recursos Impugnativos. g) El cumplimiento de todas las atribuciones y funciones que le confiere por norma municipal expresa. Artículo 12º.- DE LAS RESPONSABILIDADES DE PÉRDIDA DEL VEHÍCULO El único responsable será el Encargado del Depósito Municipal bajo responsabilidad administrativa, civil y penal de ser el caso. Así como los que resulten responsables. Artículo 13º.- OBLIGACIONES DEL ENCARGADO Y/O VIGILANTES. a) Esta obligado a informar de manera oportuna a la Subgerencia de Transporte de todas las ocurrencias que se presenten a diario en el Depósito Municipal. b) Informar del estado de conservación vehicular, de acuerdo a las actas de internamiento y el movimieno de vehículos a la Subgerencia de Transportes. Artículo 14º.- PERIODO DE PERMANENCIA Y PROCEDIMIENTO DE REMATE DE VEHÍCULOS INTERNADOS EN EL DEPOSITO MUNICIPAL VEHICULAR

Según corresponda clasificar como (Bueno), (Regular), (Malo) Autoridad que dispone el INTERNAMIENTO: Policía Nacional Ministerio Público Poder Judicial Infracción: Motivo: Otro

Papeleta de Infracción Nº Autoridad:

El presente internamiento se efectúa en presencia del responsable del Depósito Municipal Vehicular, del Inspector Municipal de Transporte y del Propietario y/o Conductor del Vehículo.

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