Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de setiembre de 2019 /

El Peruano

El Memorándum N° 00862-2019-SUSALUD/SAREFIS de fecha 11 de setiembre del 2019, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Informe N° 00833-2019/INA de fecha 06 de setiembre del 2019 emitido por la Intendencia de Normas y Autorizaciones, y el Informe N° 00575-2019/OGAJ de fecha 20 de setiembre del 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos 9 y 11 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, disponen la creación de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS); encontrándose también bajo el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud las Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS); Que, los numerales 1, 13 y 14 del artículo 13 del citado TUO de la Ley N° 29344, señala entre las funciones de SUSALUD: promover, proteger y defender los derechos de la personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad y aceptabilidad, con independencia de quien las financie; además, supervisar la calidad, oportunidad, disponibilidad y transparencia de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, de acuerdo al marco legal vigente; así como, regular la recolección, transferencia, difusión e intercambio de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, respectivamente; Que, el artículo 140 del Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece las características de articulación entre IAFAS, que prevé la estandarización de modelos de afiliación y atención que garantice la portabilidad de la condición de asegurados de sus afiliados al interior de la red de servicios contratada; así como, desarrollar la transmisión de información estadística y otros en base a modelos de información estandarizados; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1302, Decreto Legislativo que optimiza el Intercambio Prestacional en Salud en el Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 0122019-SA, dispone que, la acreditación y autorización en el intercambio prestacional en salud se realiza a través del Sistema de Acreditación de Asegurados a cargo de SUSALUD; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA/CD, se aprobaron las Normas Relacionadas al "Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF-IPRESSIAFAS"; "Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF-SUSALUD" y del "Sistema de Acreditación de Asegurados"; y en su artículo 3 se aprobó la denominación de Sistema de Acreditación de Asegurados, al software integrado desarrollado por SUSALUD denominado "Sistema Integrado de Transacciones Electrónicas de Datos en Salud (SITEDS), Módulo Cliente"; norma que es aplicable obligatoriamente a las IAFAS e IPRESS privadas registradas en SUSALUD; Que, con la finalidad de asegurar la accesibilidad, oportunidad y cobertura de las prestaciones de salud a los asegurados y lograr mayor eficiencia en la prestación de los servicios de salud, es necesario establecer un Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud, así como considerar al SITEDS Web y el SITEDS Cliente como softwares que permiten el proceso de acreditación de los asegurados ante las IPRESS integradas al SITEDS

para las atenciones ambulatorias; Que, conforme al Informe Técnico del proyecto de Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud - Modelo SITEDS, resulta necesario aprobar una nueva norma y el Anexo 1: Diagrama del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud ­ Modelo SITEDS, con la finalidad de adecuar los datos mínimos estandarizados y procedimientos que deben implementarse de manera obligatoria en todas las IAFAS e IPRESS, públicas, privadas y mixtas, en el proceso de acreditación de asegurados que garantiza su acceso a la atención de salud en cumplimiento de la cobertura acordada o contratada; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Superintendencia N° 075-2019-SUSALUD/S, se publicó en el Diario Oficial El Peruano y en la siguiente dirección electrónica http//:www.susalud.gob.pe, el proyecto de norma que aprueba las "Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud Modelo SITEDS", y a fin de recibir aportes de los agentes usuarios y de la ciudadanía en general durante el plazo de treinta (30) días hábiles, se habilitó el siguiente correo electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe. Ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Que, habiendo transcurrido el plazo mencionado en el considerando precedente, mediante los documentos de vistos la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización remite el proyecto final de las "Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud - Modelo SITEDS", y el Anexo 1: Diagrama del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud ­ Modelo SITEDS, elaborado por la Intendencia de Normas y Autorizaciones en coordinación con la Intendencia de Investigación y Desarrollo (como órgano proponente) habiéndose recogido además los aportes de los agentes usuarios; proyecto que ha sido revisado y analizado legalmente además por la Oficina General de Asesoría Jurídica emitiendo su conformidad legal sobre el particular; Con los vistos de la Gerencia General, de la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica (e), y; Estando a lo señalado en los literales f) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en concordancia con el numeral 6 del artículo 23 del Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, aprobado con Decreto Legislativo N° 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de SUSALUD y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal. SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR las Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud - Modelo SITEDS, el mismo que consta de cuatro (4) Capítulos, catorce (14) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales y una (01) Disposición Complementaria Transitoria, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.

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