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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (25/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de setiembre de 2019 El Peruano / MINISTERIO PUBLICO Autorizan viaje de fiscal provincial a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2501-2019-MP-FN Lima, 13 de setiembre de 2019VISTO:El O fi cio N° 3675-2019-FSNC-FISLAA-MP-FN, recibido con fecha 12 de setiembre de 2019, cursado por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, y; CONSIDERANDO: A través del o fi cio de visto, se solicita autorización para que el señor Telmo Ramón Zavala Bayona, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, viaje a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 22 al 24 de setiembre de 2019. La comisión de servicios tiene por fi nalidad desarrollar diligencias; así como efectuar coordinaciones en el marco de la investigación de carácter reservada que viene llevando a cabo la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje – en clase económica - del mencionado fi scal a la República Federativa del Brasil. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Telmo Ramón Zavala Bayona, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 22 al 24 de setiembre de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las O fi cinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente: Pasajes Aéreos Internacionales (clase económica)Viáticos Seguro de viaje US$ 1 164,32US$ 720,00 (por 3 días)US$ 50,00Artículo Tercero.- Encargar al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, adoptar las medidas pertinentes a fi n de garantizar el normal funcionamiento del despacho del comisionado, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, el fi scal mencionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias materia de la resolución. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1810521-1 Disponen que Fiscalías Provinciales y Superiores Penales del Distrito Fiscal de Lima Este, conocerán investigaciones y procesos relacionados con delitos que afecten el Patrimonio Cultural y con delitos ambientales en el ámbito territorial de su competencia, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2624-2019-MP-FN Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTO: El O fi cio N° 001342-2019-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 10 de abril de 2019, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima y el O fi cio N° 181-2019-53 FPPL-MP-FN, de fecha 11 de setiembre de 2019, que contiene el Informe sin número emitido por la Fiscal Provincial Titular de la Quincuagésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 915-2016-MP-FN, de fecha 29 de febrero de 2016, se incorporó a la competencia de la Quincuagésima Tercera Fiscalía Provincial Penal del Distrito Fiscal de Lima el conocimiento de las investigaciones y procesos relacionados con los delitos que afecten el Patrimonio Cultural en el Distrito Fiscal de Lima Este. Que, por Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, de fecha 28 de junio de 2019, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal del 2004 y se estableció la vigencia de dicho cuerpo normativo en el Distrito Fiscal de Lima Este desde el 01 de octubre de 2019; y, en los distritos de Lima y Lima Sur desde el 01 de julio de 2020. Que, la próxima entrada en vigencia del Código Procesal Penal del 2004 en el Distrito Fiscal de Lima Este implicará que dicho modelo procesal será aplicable a todos los casos que se cometan dentro del ámbito territorial del citado Distrito Fiscal; en ese contexto, el nuevo modelo procesal generará inconvenientes en el actual órgano fi scal que conoce los delitos contra el Patrimonio Cultural en el Distrito Fiscal de Lima Este dado que éste se rige por el modelo procesal antiguo.