NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (28/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 43
43 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2019 El Peruano / la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO – CHICLAYO – PIURA – SULLANA) NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIA- RIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANS- PORTES Y COMUNI- CACIONES - PROVIAS NACIONAL LEONCIO RAUL OCAÑA RAMIREZCODIGO: PAS-EV01-COS-043-AAREA AFECTADA: 1,784.79 m2AFECTACION: Parcial del Inmueble 33,125.70LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con punto convergente del vértice A. • Por el Sur: Colinda con el terreno incrito en la Partida Registral N° 11138718 y Terrenos Eriazos, línea quebrada con dos tramos C-D,D-E de 65.63 m.• Por la Este: Colinda con el terreno incrito en la Partida Registral N° 11138716, línea quebrada con dos tramos A-B,B-C de 85.13 m.• Por el Oeste: Colinda con el terreno incrito en la Partida Registral N° 04008530, U.C. 10469 con camino de por medio, línea recta con el tramo E-A de 60.07 mCOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE NORTE A A-B 54.08 534935.0738 9424915.9905 B B-C 31.05 534956.8345 9424866.4821 C C-D 20.63 534969.3472 9424838.0597 D D-E 45.00 534952.4561 9424849.8959 E E-A 60.07 534909.0706 9424861.8415 PARTIDA REGISTRAL N° 11138716 perteneciente a la O fi cina Registral de Piura., Zona Registral N° I - Sede Piura. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 25.01.2019 (Informe Técnico Nº 1330-2019-ORP-SCR-ZR N° I-UREG/SUNARP) por la O fi cina Registral de Piura, Zona Registral N° I- Sede Piura. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 10.01.2019; por la O fi cina Registral de Piura, Zona Registral N° I- Sede Piura. 1811935-1 Aprueban la ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur” y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 845-2019 MTC/01.02 Lima, 27 de setiembre de 2019Vista: La Nota de Elevación Nº 103-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal;