NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (28/09/2019)
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76 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2019 / El Peruano Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. el traslado de 1 agencia ubicada en el departamento de Lima, de acuerdo al detalle del Anexo Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONNE CUBA BUITRON Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 4276-2019 Tipo de Ofi cinaDistrito Provincia DepartamentoDirección ActualNueva Dirección AgenciaSan IsidroLima LimaAv. Rivera Navarrete Nº 501, Piso 19Calle Dionisio Derteano Nº 184-188- 190, Piso 13 1811112-1 Opinan favorablemente para que el Banco Internacional del Perú S .A.A. - INTERBANK realice la emisión de Bonos Corporativos sin garantía específica denominados “Senior Unsecured Notes” RESOLUCIÓN SBS Nº 4277 -2019 Lima, 18 de setiembre de 2019EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. – INTERBANK (en adelante, el Banco), para que se otorgue opinión favorable sobre la emisión de Bonos Corporativos sin garantía especí fi ca denominados “Senior Unsecured Notes” en el mercado internacional y/o nacional hasta por un monto máximo de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares americanos); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y modi fi catorias, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232° de la Ley General, el cual establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, en Sesión de Directorio del Banco de fecha 20 de agosto de 2019 se acordó, por unanimidad, aprobar la emisión de nuevos bonos a colocarse en el mercado internacional y/o nacional bajo la Regla 144-A y/o la Regulación S del U.S. Securities Act of 1993 con un plazo de vencimiento que no exceda de diez (10) años y hasta por un monto de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares americanos), pudiendo tales bonos ser emitidos a través de una o más emisiones, incluyendo la reapertura (“re-opening”) de cualquiera de tales emisiones; así como ser emitidos para la formulación de una o más ofertas de intercambio, ofertas de recompra y/u opciones de rescate de una parte o la totalidad de los bonos vigentes. Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D” y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modi fi catorias; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 746-2010; RESUELVE:Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. – INTERBANK realice la emisión de Bonos Corporativos sin garantía específica denominados “Senior Unsecured Notes” en el mercado internacional y/o nacional hasta por un monto máximo de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares americanos), pudiendo ser efectuada a través de una o más emisiones, incluyendo la reapertura (“re-opening”) de cualquiera de tales emisiones; así como ser emitidos para la formulación de una o más ofertas de intercambio, ofertas de recompra y/u opciones de rescate de una parte o la totalidad de los bonos vigentes, conforme a los términos aprobados en Sesión de Directorio de fecha 20 de agosto de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FLORES SALAZAR Superintendente Adjunto deBanca y Micro fi nanzas (a.i.) 1811215-1 Sustituyen el Artículo Único de la Resolución SBS N° 4277-2019 RESOLUCIÓN SBS Nº 4395-2019 Lima, 20 de setiembre de 2019EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La Resolución SBS N° 4277-2019 de fecha 18 de setiembre de 2019, que opina favorablemente para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. – INTERBANK realice la emisión de Bonos Corporativos sin garantía especí fi ca denominados “Senior Unsecured Notes” en el mercado internacional y/o nacional hasta por un monto máximo de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares americanos); CONSIDERANDO:Que, en el Artículo Único de la Resolución SBS N° 4277-2019 se otorga opinión favorable para la emisión de Bonos Corporativos sin garantía especí fi ca denominados “Senior Unsecured Notes” en el mercado internacional y/o nacional hasta por un monto máximo de US$ 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 dólares americanos); Que, en la Sesión de Directorio de fecha 20 de agosto de 2019 se aprobó la emisión de los Bonos Corporativos sin garantía especí fi ca por un monto total máximo de US$