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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (20/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2020 El Peruano / DEFENSA Dan por concluida designación de miembros integrantes del Directorio del SEMAN PERÚ SAC y modifican la R.S. N° 021-2019-DE/FAP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2020-DE/FAP Lima, 19 de agosto de 2020VISTO:El O fi cio NC-35-SGFA-DGPE-N° 1658 del 27 de julio de 2020 suscrito por el Secretario General de la Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30469; Ley de creación del Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), por medio del cual se crea la empresa estatal Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), como empresa del sector Defensa, sobre la base del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 10 de la precitada Ley, señala que la organización, dirección y administración del SEMAN PERÚ SAC es competencia de la Junta General de Accionistas, del Directorio y de la Gerencia General, según corresponda; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 021-2019- DE/FAP del 03 de mayo de 2019, se resolvió designar a los miembros integrantes del Directorio de la Empresa Estatal del Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), en representación de la Fuerza Aérea del Perú y del Ministerio de Defensa; Que, mediante O fi cio Nº 000020-2020-SEMAN/FAP, del 08 de enero de 2020, el Comandante del Servicio de Mantenimiento FAP, informó que el Señor General del Aire, Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, aprobó la propuesta de modi fi car la designación de los representantes de la FAP como miembros integrantes del Directorio del SEMAN PERÚ SAC, en vista que existen Ofi ciales Generales que fueron cambiados de empleo en el año fi scal 2020; Que, como consecuencia, resulta necesario modi fi car la Resolución Suprema Nº 021-2019-DE/FAP del 03 de mayo de 2019, en referencia a los representantes de la Fuerza Aérea del Perú; y, designar la nueva conformación del Directorio del Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC); y, Que, de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 30469, Ley de creación del Servicio de Mantenimiento del Perú SAC (SEMAN PERÚ SAC); y, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los siguientes O fi ciales Generales como miembros integrantes del Directorio del Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), dispuesta con Resolución Suprema Nº 021-2019-DE/FAP del 03 de mayo de 2019, agradeciéndoles por los servicios prestados: - Teniente General FAP Carlos Enrique CHAVÉZ Cateriano - Teniente General FAP José Antonio RUBIO Travi Artículo 2.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 021-2019-DE/FAP del 03 de mayo de 2019, conforme a los términos siguientes: “Artículo 2.- Designar como miembros integrantes del Directorio del Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), en representación de la Fuerza Aérea del Perú y del Ministerio de Defensa, a los siguientes O fi ciales Generales: FUERZA AÉREA DEL PERÚ1. … …2. Teniente General FAP Jorge Luis CHAPARRO Pinto DNI: 09762666.3. Teniente General FAP Rubén Samuel GAMBARINI Oñath DNI: 43693826. MINISTERIO DE DEFENSA(...)”Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 1878620-14 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos para la implementación de las intervenciones temporales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2020 frente a la pandemia COVID-19” en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 095-2020 DECRETO SUPREMO Nº 010-2020-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su desarrollo y bienestar; Que, conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, es objetivo de la comunidad y del Estado proteger especialmente a las niñas, niños y adolescentes; Que, el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Ley N° 27337, establece que en toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos; Que, asimismo, el artículo 2 de la Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño, establece que el interés superior del niño es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos; Que, el Reglamento de la Ley Nº 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño,