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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (20/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2020 El Peruano / 1057 y otorga derechos laborales; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia del Médico Cirujano Ramsés Alexis Roncal Ramírez, en el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicina y Psicología del Trabajo del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, al Médico Cirujano Jaime Alonso Rosales Rimache, en el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicina y Psicología del Trabajo del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud del Instituto Nacional de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CESAR CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 1878484-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Designan Secretario Técnico Suplente del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley del Servicio Civil de la Autoridad Portuaria Nacional RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE DIRECTORIO Nº 0019-2020-APN-PD Callao, 7 de agosto de 2020VISTOS:El Memorando No. 0005-2020-APN-STPAD de fecha 4 de agosto de 2020, de la Secretaría Técnica del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley del Servicio Civil de la Autoridad Portuaria Nacional; la Notifi cación No. 029-2020-APN-GG de fecha 7 de agosto de 2020 de la Gerencia General y el Informe Legal No. 0266-2020-APN-UAJ de fecha 7 de agosto de 2020, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley No. 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley No. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo No. 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 92 de la Ley No. 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las autoridades del procedimiento cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad y que la secretaría técnica depende de la o fi cina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio No. 0008-2020-APN-DIR de fecha 30 de enero de 2020, se designó a la abogada Silvana Carolina Farfán Valenzuela (en adelante, SRA. FARFÁN), Especialista de Recursos Humanos, como Secretaria Técnica del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley del Servicio Civil de la APN (en adelante, SECRETARIO TÉCNICO) con e fi cacia anticipada al 2 de enero de 2020; Que, mediante memorando del visto, al amparo de lo señalado en los numerales 3 y 5 del artículo 99 de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo 004-2019-JUS, la SRA. FARFÁN formula abstención en las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades que pudiera corresponder al contrato CAS de la ex servidora Srta. Nelly Marina Díaz Vásquez; Que, mediante noti fi cación del visto, la Gerencia General solicitó que la Unidad de Asesoría Jurídica evaluar la viabilidad legal del pedido de la SRA. FARFÁN y de considerar como propuesta de reemplazo al Especialista la Gerencia General, abogado Denis Corales Silva (en adelante, SR. CORALES). Que, mediante informe del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica recomienda que, mediante Resolución de Presidencia del Directorio, se designe SR. CORALES como SECRETARIO TÉCNICO ante la abstención de la SRA. FARFÁN, al haber concluido que: - La abstención de la SRA. FARFÁN, como SECRETARIA TÉCNICA abarca todos los hechos y hacia todos los servidores que hayan participado en las acciones administrativas que gestionaron la contratación de la Srta. Nelly Marina Díaz Vásquez, para el deslinde de las responsabilidades que pudiera corresponder al contrato CAS de esta última. - Dicha abstención garantizará la observancia de los principios de Transparencia, Rendición de cuentas de la gestión y Probidad y ética pública, previstos en el artículo III del Título Preliminar de la LSC. - Resulta legalmente viable que la designación del SR. CORALES, como SECRETARIO TÉCNICO ante la abstención de la señora SRA. FARFÁN, se realice mediante una Resolución de Presidencia de Directorio como medida de emergencia, debido al plazo de tres (3) días otorgado a fi n de que se informe respecto del inicio de las acciones administrativas que correspondan. Que, mediante Decreto Supremo No. 034-2004- MTC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la APN (en adelante, ROF), cuyo artículo 7 establece que el Directorio es el órgano colegiado y máximo de la APN, motivo por el cual le corresponde designar al SECRETARIO TÉCNICO ante la abstención de la señora Silvana Carolina Farfán Valenzuela; mientras que el numeral 3 del artículo 8 del ROF prevé que el Presidente del Directorio tiene la atribución de adoptar medidas de emergencia sobre asuntos que corresponda al Directorio, en el caso que no sea posible reunir al Directorio para sesionar válidamente, dando a conocer las medidas adoptadas en la sesión más próxima; De conformidad con lo señalado en la Ley No. 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado por el Decreto Supremo No. 034-2004-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al abogado Denis Corales Silva, Especialista de la Gerencia General, como Secretario Técnico Suplente del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley del Servicio Civil de la Autoridad Portuaria Nacional, solo para los efectos de la abstención de la señora Silvana Carolina Farfán Valenzuela, abstención que abarca todos los hechos y hacia todos los servidores que hayan participado en las acciones administrativas que gestionaron la contratación