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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (20/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2020 / El Peruano de la Srta. Nelly Marina Díaz Vásquez, para el deslinde de las responsabilidades que pudiera corresponder al contrato CAS de esta última. Artículo 2º.- Disponer que la Secretaria Técnica Titular, abogada Silvana Carolina Farfán Valenzuela, proporcione al Secretario Técnico Suplente, Sr. Víctor Corales Silva, todos los antecedentes correspondientes al deslinde de responsabilidades indicado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Relaciones Institucionales, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Web Institucional de la Autoridad Portuaria Nacional Artículo 4º.- Informar lo dispuesto en la presente resolución en la próxima sesión de Directorio de la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 1878573-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Designan Jefe de la Oficina de Comunicaciones de PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 034-2020-PROMPERÚ/PE Lima, 19 de agosto de 2020 Que, los artículos 46 y 47 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, precisan las competencias y funciones de la O fi cina de Comunicaciones; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de PROMPERÚ, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2020-MINCETUR, el cargo de Jefe de la O fi cina de Comunicaciones es un cargo de con fi anza; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 017-2020-PROMPERÚ/PE de fecha 21 de febrero del 2020, se encargó a la señora Jeanne Claude Huamán Quiroz, las funciones de la Ofi cina de Comunicaciones de PROMPERÚ; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Comunicaciones de PROMPERÚ, es pertinente designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; Con la visación de la Gerencia General, de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 20 de agosto de 2020, el artículo 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 017-2020-PROMPERÚ/PE, de fecha 21 de febrero del 2020, mediante el cual se encargó a la señora Jeanne Claude Huamán Quiroz, las funciones de la Ofi cina de Comunicaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. Artículo 2.- Designar, a partir del 20 de agosto de 2020, al señor Andrés Arturo Morán Gallegos, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Comunicaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS TORRES PAZ Presidente Ejecutivo 1878434-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima – EMAPAB S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2020-OTASS/DE Lima, 19 de agosto de 2020VISTOS:El Informe N° 006-2020-OTASS-DGF-PCC y el Memorando N° 187-2020-OTASS-DGF de la Dirección de Gestión y Financiamiento, el Informe N° 016-2020-OTASS-OPP-RMS, el Memorando N° 558-2020-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 000195-2020-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA (TUO de la Ley Marco), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del TUO de la Ley Marco faculta al OTASS a realizar transferencias fi nancieras, con cargo a su presupuesto, para la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal incorporadas o no en el Régimen de Apoyo Transitorio; Que, el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco, establece que las transferencias fi nancieras que realiza el OTASS a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el párrafo 80.2 del artículo 80 son aprobadas por resolución del Titular del pliego, requiriéndose informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Organismo Técnico; agregando que, dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020- SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, prorrogada mediante el Decreto Supremo N° 020-2020-SA, hasta por un plazo de noventa (90) días calendario contabilizado a partir del 10 de junio de 2020; Que, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020- PCM se declara el Estado de Emergencia Nacional y se