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74 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 / El Peruano la Municipalidad y velar por el cumplimiento de las formalidades relativas a la expedición de las resoluciones que emitan por delegación, las diferentes unidades orgánicas, así como su custodia. 8. Archivar y custodiar los convenios de cooperación interinstitucional que suscriba el Alcalde autorizados por el Concejo Municipal. 9. Dar fe de los actos y disposiciones emitidos por el Concejo Municipal. 10. Dar fe de las Resoluciones y Decretos de Alcaldía.11. Certi fi car las Ordenanzas, Resoluciones u otras normas emitidas por el Alcalde y el Concejo Municipal, así como los documentos internos que obran en el Archivo Central de la Municipalidad. 12. Supervisar las acciones realizadas por la Jefatura de Trámite Documentario y Archivo Central. 13. Proponer la designación de los fedatarios de la Municipalidad, de acuerdo con la normatividad interna que lo regula. 14. Disponer y supervisar la actualización permanente de la Página web y demás redes sociales de la Municipalidad. 15. Coordinar con las diferentes áreas la programación, desarrollo y difusión de los eventos y actividades. 16. Programar, organizar y dirigir las ceremonias protocolares, en donde participe el Alcalde y los Regidores y las actividades o fi ciales de carácter general. 17. Dirigir el diseño, edición y producción de revistas y cualquier otro producto o material a través del cual se difunda a los ciudadanos o instituciones las acciones o resultados de la gestión municipal, así como de los servicios municipales. 18. Proponer el proyecto del Plan Operativo Institucional, Manual de Procesos y Procedimientos y el sustento técnico del TUPA, correspondientes a su área, para derivarlo a la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, para su consolidación fi nal. 19. Otras funciones que se deriven de disposiciones normativas o que le asigne el Alcalde, en el ámbito de su competencia. La Secretaría General e Imagen Institucional para el cumplimiento de sus funciones cuenta con la siguiente unidad orgánica: • Jefatura de Trámite Documentario y Archivo Central, la cual mantendrá sus funciones establecidas en los artículos 32º y 33º del Reglamento de Organización y Funciones.; añadiéndole la de: ”Tramitar, organizar y llevar a cabo los matrimonios civiles, conforme a las disposiciones del Código Civil, así como remitir las actas y documentos que corresponde al RENIEC”. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que la Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de dirigir y evaluar los asuntos de carácter jurídico de la municipalidad, sobre la base de la interpretación de la normatividad vigente aplicable. Está a cargo de un funcionario con nivel de Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal. Siendo sus funciones las siguientes: 1. Asesorar a la Alta Dirección, funcionarios y demás dependencias de la Municipalidad en asuntos jurídicos. 2. Elaborar, revisar y emitir opinión legal de los proyectos de contratos y convenios que pueda celebrar la Municipalidad con instituciones públicas y privadas. 3. Absolver y emitir informes sobre los asuntos que en materia legal administrativa municipal se le formule cuando el fundamento de la pretensión sea razonablemente discutible, o los hechos sean controvertidos jurídicamente. 4. Elaborar y emitir opinión jurídica sobre los proyectos de dispositivos legales que requiera la Municipalidad. 5. Visar los dispositivos legales que expida la Municipalidad. 6. Emitir opinión legal respecto de los recursos administrativos que sean de competencia de la Alcaldía o de la Gerencia Municipal.7. Organizar y sistematizar la legislación relacionada con el gobierno local. 8. Establecer la uniformidad de criterios legales en cuanto a la interpretación de la normatividad, poniendo en conocimiento de tales criterios a los abogados de los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad. 9. Ejecutar el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, previa acreditación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiendo remitir la resolución de disolución del vínculo matrimonial al RENIEC. 10. Formular, actualizar, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, procedimientos y otras normas de aplicación institucional, en el ámbito de su competencia. 11. Implementar las recomendaciones contenidas en los informes resultantes de las acciones de control efectuadas por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, en el ámbito de su competencia. 12. Proponer el proyecto del Plan Operativo Institucional, Manual de Procesos y Procedimientos y el sustento técnico del TUPA, correspondientes a su área, para derivarlo a la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, para su consolidación fi nal. 13. Proponer la suscripción de convenios de colaboración interinstitucional, con organismos públicos y/o privados que coadyuven al cumplimiento de las labores de su competencia. 14. Otras funciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones normativas o que le asigne la Alta Dirección, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente. Artículo Quinto.- DERÓGUESE, los artículos 28º, 29º, 30º, 31º, 34º y 35º del Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE, al Secretario General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sétimo.- ENCÁRGUESE, a la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización realizar las modi fi caciones necesarias al Cuadro Único de Personal (CAP); así como de sistematizar la redacción de las modi fi caciones aprobadas. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigor desde el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CLAUDIO MARCATOMA CCAHUANA Alcalde 1880767-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO Ordenanza Municipal que Crea la Instancia Provincial de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Chiclayo (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, mediante O fi cio N° 007-2020-MPCH/SGCA, recibido el 27 de agosto de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2020-MPCH/A Chiclayo, 29 de enero de 2020