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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (29/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 El Peruano / S.B.S. Nº 808-2019, y en el procedimiento Nº 150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018. Que, estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia. RESUELVE:Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa BMS Intermediaries Inc. con Matrícula Nº C.RE-062 en el Registro de Intermediarios y auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección II: De los corredores de reaseguros, B: Extranjeros; por lo motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1880234-1 Autorizan a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el cierre de oficinas ubicadas en los departamentos de Arequipa, Ancash, Lima, Ucayali, Lambayeque y Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 02062-2020 Lima, 21 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTAS:Las solicitudes presentadas por la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. (en adelante, la Edpyme) para que esta Superintendencia autorice el cierre de 10 o fi cinas, en la modalidad de agencias, ubicadas en los departamentos de Arequipa (1), Áncash (1), Lima (4), Ucayali (1), Lambayeque (1) y Piura (2); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS Nº 1911-2012, Nº 6201-2013, Nº 3483-2014, Nº 5827-2014, Nº 7428-2014, Nº 462-2015 y Nº 6239-2015 de fechas 26/03/2012, 16/10/2013, 06/06/2014, 05/09/2014, 05/11/2014, 20/01/2015 y 15/10/2015, respectivamente esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de las referidas agencias; Que, mediante Resolución SBS Nº 7012-2012 de fecha 17/09/2012 se autorizó el traslado de la o fi cina ubicada en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que, mediante Resolución SBS Nº 113-2014 de fecha 10/01/2014 se precisó la dirección de la o fi cina ubicada en Av. Juan Antonio Álvarez de Arenales Nº 795, Piso 1, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resoluciones SBS Nº 1410-2014 y Nº 6796-2015 de fechas 05/03/2014 y 11/11/2015, respectivamente, se autorizaron los traslados de la o fi cina ubicada en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1337, Interior 2017, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, en sesiones de Directorio de fechas 21/05/2020 y 08/07/2020 se acordó el cierre de las referidas agencias; Que, la Edpyme ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el cierre de las agencias indicadas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Inversiones La Cruz S.A. el cierre de las o fi cinas ubicadas en las direcciones señaladas en el cuadro adjunto. Tipo de Ofi cinaDistrito ProvinciaDepar- tamentoDirección AgenciaCercado de ArequipaArequipa ArequipaAv. Jorge Chávez Nº 111, Urbanización Jorge Chávez Agencia Chimbote Santa AncashAvenida Víctor Raúl Haya De la Torre Nº 4522-4578- 4694-4794, Local Comercial Nº L-20, Agencia Lima Lima LimaAv. Garcilaso de la Vega Nº 1337, Interior 2017 Agencia YarinacochaCoronel PortilloUcayaliAv. Centenario Mz. 365, Lt. 16, Local LC-140. Agencia Chiclayo Chiclayo LambayequeAv. Miguel de Cervantes Saavedra Nº 300, Tda. 154 C.C. Real Plaza. Agencia La Molina Lima LimaCentro Comercial La Fontana, 1er piso, Tienda Nº 39, Av. Javier Prado Este Nº 5274. Agencia Sullana Sullana PiuraCalle San Martín Nº 645. Agencia Lima Lima Lima Av. Juan Antonio Álvarez de Arenales Nº 795, Piso 1 Agencia Piura Piura PiuraJirón Libertad Nº 875 esquina con Jr. Lima Nºs. 856-862-868, Local Nº 3. Agencia San Isidro Lima LimaAv. Petit Thouars Nº 3215. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas 1880198-1 Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A., el cierre de agencias en los departamentos de Lima, Lambayeque y Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 02082-2020 Lima, 25 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de cuatro (4) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y,