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5 NORMAS LEGALES Jueves 10 de diciembre de 2020 El Peruano / VISTO: El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por la Directora de la Dirección Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 177-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 10 de octubre de 2019, se designó a la señora Elsa Amalia Del Aguila Portocarrero en el cargo de Directora de la Dirección Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y designar a su reemplazante; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por la señora Elsa Amalia Del Aguila Portocarrero al cargo de Directora de la Dirección Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 09 de diciembre de 2020. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 10 de diciembre de 2020, a la señora JACQUELINE ROCIO QUINTANA FLORES, en el cargo de Directora de la Dirección Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora EjecutivaPrograma de Desarrollo ProductivoAgrario Rural – AGRO RURAL 1910471-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0175-2020-MIDAGRI-SG Lima, 7 de diciembre de 2020VISTO:El O fi cio N° 430-2020-MINAGRI-PCC, del Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad AGROIDEAS sobre propuesta de CAP Provisional del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad – PCC, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los pequeños y medianos productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; Que, conforme al artículo 73 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, el Programa de Compensaciones para la Competitividad constituye un Programa del Ministerio de Agricultura y Riego, ahora denominado Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, en adelante la Directiva, que contiene los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene cargos defi nidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siendo procedente su aprobación en tanto no se haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del anexo N° 4 de la Directiva; Que, además, el citado numeral precisa que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas se encuentran establecidas en los Anexos 4, 4-A, 4-B, 4-C y 4-D de la mencionada Directiva; Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 1.7 del Anexo 4 de la Directiva, las entidades creadas bajo regímenes distintos al de la Ley N° 30057 que cuenten con ROF o Manual de Operaciones vigente, pero que no cuenten con CAP o CAP Provisional, pueden tramitar la aprobación de un CAP Provisional siguiendo los lineamientos establecidos; Que, asimismo, el numeral 4.1 de la mencionada Directiva establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada a la opinión favorable de SERVIR, disponiendo que en el caso de los Programas el CAP Provisional se aprueba por Resolución Ministerial; Que, con el O fi cio del Visto, el Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad–AGROIDEAS presenta la propuesta de CAP Provisional, adjuntando el Informe N° 054-2020-MINAGRI-PCC-UA, de la Unidad de Administración de AGROIDEAS que hace las veces de la O fi cina de Recursos Humanos (ORH), el cual cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del MIDAGRI a través del Memorando N° 712-2020-MINAGRI-SG/OGGRH, y la opinión técnica favorable del Director General de la O fi cina Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI, materializada a través del Memorando N° 1844-2020-MINAGRI-SG/OGPP, que hace suyo el Informe N°108-2020-MINAGRI-SG/OGPP-ODOM, emitido por la O fi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización; Que, mediante el O fi cio 000615-2020-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de Servir remite el Informe Técnico N° 000135-2020-SERVIR-GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, a través del cual emite opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional formulada por el AGROIDEAS, por lo que debe procederse a su aprobación; Que, de conformidad con el literal e) del rubro “En materia administrativa” del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0015-2020-MINAGRI, se delega en el Secretario General la facultad de aprobar actos de administración interna, así como otros de documentos de gestión;