Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (10/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 10 de diciembre de 2020 / El Peruano en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252; Que, el párrafo 1 del numeral 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, dispone que la DGPMI aprueba directivas, procedimientos, lineamientos, instrumentos metodológicos de alcance general y demás normas complementarias necesarias para el funcionamiento del referido Sistema Nacional y la aplicación de las fases del Ciclo de Inversión; Que, con el objeto de mantener la calidad de las inversiones públicas y contar con registros actualizados de dichas inversiones en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, resulta necesario aprobar los alcances de las opiniones vinculantes de la DGPMI durante el Ciclo de Inversión, así como los criterios para la desactivación de inversiones en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1252; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF; la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, que aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y la Resolución Ministerial N° 129-2020-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de los alcances sobre las opiniones vinculantes emitidas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones durante el Ciclo de Inversión y criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones Apruébanse los alcances sobre las opiniones vinculantes emitidas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones durante el Ciclo de Inversión y criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones, que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef). Los alcances sobre las opiniones vinculantes emitidas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones durante el Ciclo de Inversión y criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones, a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO DEL PILAR BÉJAR GUTIÉRREZ Directora GeneralDirección General de Programación Multianual de Inversiones 1910419-1 EDUCACION Designan representante del Consejo Nacional de Educación ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2020-MINEDU Lima, 9 de diciembre de 2020CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP, establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del referido Fondo, creado por la Octava Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; así como el marco general para el fi nanciamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, conforme a los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley N° 28332, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-ED, el Consejo de Administración del FONDEP, es el máximo órgano encargado de la administración del Fondo y está conformado, entre otros, por un representante del Consejo Nacional de Educación, el cual será designado a propuesta de la Institución mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Educación por un periodo de cuatro años; Que, con Resolución Suprema Nº 017-2018-MINEDU, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 14 de noviembre del 2018, se designa a la señora LEA SULMONT HAAK, como representante del Consejo Nacional de Educación – CNE ante el Consejo de Administración del FONDEP, por el período de cuatro (04) años; Que, con Resolución Ministerial Nº 372-2020-MINEDU, se acepta la renuncia de la señora LEA SULMONT HAAK, como miembro del Consejo Nacional de Educación; Que, mediante O fi cio Nº 00068-2020-MINEDU/DM- CNE, el Consejo Nacional de Educación, propone al señor GERSON VICTOR AMES GASPAR como representante del Consejo Nacional de Educación ante el Consejo de Administración del FONDEP; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al representante del Consejo Nacional de Educación ante el Consejo de Administración del FONDEP, para complementar el periodo comprendido en la Resolución Suprema Nº 017-2018-MINEDU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005- ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación contenida en la Resolución Suprema Nº 017-2018-MINEDU. Artículo 2.- Designar al señor GERSON VICTOR AMES GASPAR como representante del Consejo Nacional de Educación ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1910549-6 Designan representantes titular y alterno ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2020-MINEDU Lima, 9 de diciembre de 2020CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP, establece