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44 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de diciembre de 2020 / El Peruano CD ¨Procedimiento para la Aprobación, Seguimiento, Monitoreo, Liquidación y Evaluación de las Transferencias Financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal¨, en adelante la Directiva; Que, el literal b) del numeral 14.2 del artículo 14 de la Directiva, prevé el supuesto de modi fi cación sustancial de Fichas Técnicas, que se constituye en: Utilización del Remanente de fi cha técnica aprobada para adicionar una o más fi chas técnicas al Convenio; Que, la Dirección de Gestión y Financiamiento (en adelante el Órgano de Línea Responsable - OLR), a través del Memorando N° 378 y Nº 397-2020-OTASS-DGF y del Informe N° 29-2020-OTASS-DGF-LAC (en adelante el Informe del OLR), señala que SEDACUSCO S.A., solicita la modi fi cación de la Resolución Directoral N° 081-2017-OTASS/DE y del Convenio Nº 022-2017/OTASS – EMPRESA EPS SEDACUSCO S.A., con el objeto de utilizar el remanente de las fi chas técnicas: F-01-GO y F-02-GO que asciende a S/ 937 086.13, para adicionar dos nuevas fi chas técnicas denominadas: i) F-03-GO “Adquisición de medidores de agua, transmisores de presión, sensores o transmisores de nivel de equipo, en el (la) Estaciones de Bombeo del Sistema Vilcanota, distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco” y ii) F-04-GO “Adquisición de Retroexcavadora con Percutor Hidráulico para el Mejoramiento de la Gestión Operativa de la EPS SEDACUSCO S.A.”, adjuntando: i) El Acta de Sesión Ordinaria de Directorio N° 39-2020-DIR, de la EPS SEDACUSCO S.A.; ii) La Ficha Técnica: F-03-GO y la Ficha Técnica: F-04-GO; y iii) El Informe N° 187-2020-EPS SEDACUSCO S.A. (Informe Técnico Legal), entre otros; Que, el Informe del OLR, señala, además que la EPS SEDACUSCO S.A., i) Ha cumplido con presentar la documentación requerida por la Directiva justi fi cando la misma; ii) Otorga viabilidad técnica a la modi fi cación al Convenio N° 022-2017/OTASS-EMPRESA EPS SEDACUSCO S.A., así como utilizar el remanente de las fi chas: F-01-GO y F-02-GO a efectos de habilitar su presupuesto a la Ficha F-03-GO y F-04-GO; iii) Recomienda la aprobación de la modi fi cación solicitada por la EPS, entre otros, señalando que añaden el valor a la gestión operativa de la EPS SEDACUSCO S.A.; Que, de acuerdo al numeral 4 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, constituye un principio aplicable al referido Sistema, la Especialidad cualitativa, que consiste en que los créditos presupuestarios aprobados para las Entidades Públicas deben destinarse, exclusivamente, a la fi nalidad para la que hayan sido autorizados en los Presupuestos del Sector Público, así como en sus modi fi caciones realizadas conforme al citado Decreto Legislativo; Que, conforme al artículo 8 del acotado Decreto Legislativo N° 1440, la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de las funciones atribuidas, entre otros, en la normativa citada en los considerandos procedentes emite opinión favorable en el marco de sus competencias para la expedición de la presente Resolución, a través del Informe N° 14-2020-OTASS-OPP-AOR, el Memorando Nº 11122-2020-OTASS-OPP y el Proveído Nº 2875-2020-OPP, señalando que se encuentra conforme la propuesta de la EPS SEDACUSCO S.A., precisando, entre otros, que: i) No demanda mayores recursos públicos al Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de Servicios de Saneamiento; ii) No modi fi ca el presupuesto de la transferencia fi nanciera aprobado inicialmente en el periodo 2017; iii) No afecta la estructura de fi nanciamiento, entre otros; Que, mediante el Informe Legal N° 000330-2020-OTASS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica mani fi esta que, en el presente caso, se ha seguido el procedimiento establecido en la Directiva y normativa complementaria, motivo por el cual, emite opinión favorable respecto a la viabilidad de la modi fi cación solicitada por la EPS SEDACUSCO S.A.; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA; la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; y la Resolución de Consejo Directivo N° 18-2019-OTASS/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de Anexo de Resolución Modifíquese el Anexo de la Resolución Directoral Nº 081-2017-OTASS/DE, que autoriza una transferencia fi nanciera a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A., el mismo que queda redactado conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en consecuencia, el número de Fichas Técnicas consignadas en el artículo 1 de la citada Resolución Directoral, será de seis (06). Artículo 2.- Noti fi cación Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, a la Ofi cina de Administración y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes en el marco de sus competencias. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ANDRES PASTOR PAREDES Director Ejecutivo ANEXO Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A. Ficha Nombre de la medidaMonto de fi nanciamiento solicitado F-01-GORenovación de electrobombas del Sistema VilcanotaS/. 4,341,282.91 F-02-GOMantenimiento integral de 02 electrobombas de 1600 hp del Sistema VilcanotaS/. 575,000.00 F-03-GO“Adquisición de medidores de agua, transmisores de presión, sensores o transmisores de nivel de equipo, en el (la) Estaciones de Bombeo del Sistema Vilcanota, distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco”S/. 437,086.13