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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (16/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de diciembre de 2020 El Peruano / los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres, a excepción de Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales; con competencia territorial en el Distrito de Surquillo, con vigencia hasta el 30 de mayo de 2021. ● Crear el Primer y Segundo Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de La Victoria y San Luis, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres, a excepción de Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales; con competencia territorial en los Distritos de La Victoria y San Luis, con vigencia hasta el 30 de mayo de 2021. ● Crear la Primera y Segunda Sala Transitoria de Descarga Penal, que conocerán en apelación los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres provenientes de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga penal creado en mérito al presente documento, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial; para los delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales, tendrán la misma competencia territorial que el Primer y Segundo Juzgado Penal con Subespecialidad en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales de Lima, con vigencia hasta el 30 de mayo de 2021. ● Cerrar el turno de ingreso de denuncias con reos libres de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima. ● Redistribuir las denuncias con reos libres, cuya fecha de audiencia de presentación de cargo se hayan programado posterior al 31 de diciembre de 2020, de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima, de manera equitativa y aleatoria entre los Juzgados Transitorios de Descarga Penal creados en mérito a la presente resolución; según competencia territorial y funcional, de tal manera que las mismas sean agendadas dentro de los primeros 5 días hábiles de recepcionadas. ● Redistribuir los procesos de los Juzgados Transitorios de Descarga Penal, creados en mérito a la presente resolución, una vez hayan realizado la audiencia de presentación de cargos, a los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima, de manera equitativa y aleatoria, según competencia territorial y funcional, en un plazo no mayor a 5 días hábiles; sin perjuicio que mensualmente la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal evalúe la posibilidad de que los mismos continúen con el trámite del proceso. ● Disponer que las impugnaciones que se generen de las audiencias de presentación de cargos tramitados por los Juzgados Transitorios de Descarga Penal; sean tramitados y elevados por estos mismos a las Salas Superiores homólogas. ● Redistribuir, en un número máximo de 30 cuadernos por Sala Superior, los cuadernos de impugnación de las audiencias de presentación de cargo con reos libres, cuya fecha de vista se haya programado posterior al 31 de diciembre de 2020, de las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima a las Salas Penales Transitorias de Descarga Penal creadas en mérito a la presente resolución; según competencia territorial y funcional, de tal manera que las mismas sean agendadas dentro de los primeros 5 días hábiles de recepcionadas. Corte Superior de Justicia de Lima Sur● Crear del Primer al Sexto Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de Villa María del Triunfo, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de Villa María del Triunfo, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021. ● Crear del Primer al Cuarto Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de Villa El Salvador, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de Villa El Salvador, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021.● Crear del Primer al Cuarto Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de San Juan de Mira fl ores, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de San Juan de Mira fl ores, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021. ● Crear el Primer y Segundo Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de Lurín, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de Lurín, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021. ● Crear el Primer y Segundo Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de Pachacamac, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de Pachacamac, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021. ● Crear el Primer y Segundo Juzgado Especializado Penal Transitorio de Descarga Penal de Chorrillos, que conocerán los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres; con competencia territorial en todo el Distrito de Chorrillos, y vigencia hasta el 29 de abril de 2021. ● Crear la Sala Transitoria de Descarga Penal de Chorrillos, que conocerá en apelación los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 con reos libres provenientes de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga penal creado en mérito a la presente resolución; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial; y vigencia hasta el 29 de abril de 2021 ● Cerrar el turno de ingreso de denuncias con reos libres de los juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. ● Redistribuir las denuncias con reos libres, cuya fecha de audiencia de presentación de cargo se hayan programado posterior al 31 de diciembre de 2020, de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de manera equitativa y aleatoria, entre los Juzgados Transitorios de Descarga Penal creados en mérito a la presente resolución, según competencia territorial y funcional; de tal manera que las mismas sean agendadas dentro de los primeros 5 días hábiles de recepcionadas. ● Redistribuir los procesos de los Juzgados Transitorios de Descarga Penal, creados en mérito a la presente resolución, a los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, una vez hayan realizado la audiencia de presentación de cargos, de manera equitativa y aleatoria, según competencia territorial y funcional, en un plazo no mayor a 5 días hábiles; sin perjuicio que mensualmente la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal evalúe la posibilidad de continúen con el trámite del proceso. ● Disponer que las impugnaciones que se generen de las audiencias de presentación de cargos tramitados por los Juzgados Transitorios de Descarga Penal; sean tramitados y elevados por estos mismos a las Salas Superiores homólogas. ● Redistribuir en un número máximo de 30 cuadernos por Sala Superior, los cuadernos de impugnación de las audiencias de presentación de cargo con reos libres, cuya fecha de vista se haya programado posterior al 31 de diciembre de 2020, de las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a la Sala Penal Transitoria de Descarga Penal creada en mérito a la presente resolución; según competencia territorial y funcional, de tal manera que las mismas sean agendadas dentro de los primeros 5 días hábiles de recepcionadas. Artículo Tercero.- Disponer que la redistribución de los cuadernos y expedientes de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga a los órganos jurisdiccionales del Código de Procedimientos Penales de 1940, deberá contar con los cargos de noti fi cación completos y o fi cios