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12 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MAXIMILIANO RUIZ ROSALES, en el cargo de Secretario de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1913135-1 Designan Asesor II del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 372-2020-PCM Lima, 17 de diciembre de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la funcionario/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PAULO CESAR VILCA ARPASI, en el cargo de Asesor II del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1913135-2 Conforman el Grupo de Trabajo denominado “ Apoyo a la implementación del proceso de vacunación contra la COVID-19” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2020-PCM Lima, 17 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, con fecha 11 de marzo del presente año, la Organización Mundial de la Salud ha cali fi cado el brote de la COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación de la COVID-19, la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y Nº 031-2020-SA, hasta el 07 de marzo de 2021; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; Que, con la Resolución Ministerial N° 848-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico: “Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19”, el mismo que tiene como objetivo general el implementar la vacunación segura como medida de prevención contra la COVID-19 en el país; Que, en dicho escenario, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo integrado, entre otros, por los/as titulares de los Ministerios que tienen competencia en la conservación, distribución y aplicación de las vacunas contra la COVID-19, con la fi nalidad de coordinar y articular las labores orientadas a la organización logística del proceso de vacunación contra la COVID – 19; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, dispone que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo Conformar el Grupo de Trabajo denominado “Apoyo a la implementación del proceso de vacunación contra la COVID-19”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto coordinar y articular las labores orientadas a la implementación del proceso de vacunación para la prevención de la COVID-19. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado de la siguiente manera: a) La Presidenta del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside. b) La Ministra de Salud.c) La Ministra de Defensa o su representante.d) El Ministro del Interior o su representante.e) El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante. f) El Ministro de Economía y Finanzas o su representante. g) El Ministro de Educación o su representante.h) La Presidenta Ejecutiva del Seguro Social de Salud (EsSalud). i) Un/a representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR). j) Un/a representante de la Asociación “Soluciones Empresariales contra la Pobreza”. Artículo 4.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Coordinar y articular las acciones logísticas orientadas a la implementación del proceso de vacunación