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5 NORMAS LEGALES Martes 22 de diciembre de 2020 El Peruano / 3.9. Los recursos que se trans fieran en el marco del presente Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. 3.10 Los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor del Seguro Social de Salud (EsSalud) en el marco del presente Decreto de Urgencia, son devueltos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para su reversión al Tesoro Público, conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería. Artículo 4.- Autorización para modi ficaciones presupuestales Autorízase, de manera excepcional, al Seguro Social de Salud (EsSalud) a realizar las modi ficaciones presupuestales necesarias para la implementación de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia; para tal efecto, exceptúese a ESSALUD de lo establecido en los literales c) y d) el sub numeral 6.2.1 del numeral 6.2 Gestión del Presupuesto de la Directiva Corporativa de Gestión Empresarial del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Artículo 5.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2021, con excepción de las disposiciones establecidas en los numerales 3.1 al 3.6 del artículo 3, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil veinte. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1914080-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 197-2020-ANA Lima, 21 de diciembre de 2020VISTOS: El Informe N° 864-2020-ANA-OA-URH de fecha 18 de diciembre de 2020, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 789-2020-ANA-OAJ de fecha 21de diciembre de 2020, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución Jefatural N° 137-2020-ANA se designó al señor Emiliano Sifuentes Minaya, en el cargo de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, quien ha presentado su renuncia al cargo, la misma que resulta pertinente aceptar; Que, la Unidad de Recursos Humanos a través del Informe de Vistos comunica que, el señor José Luis Aguilar Huertas no tiene antecedentes judiciales, ni sanciones administrativas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, en ese mismo sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal de Vistos, opina que resulta viable emitir la respectiva resolución de designación del profesional que desempeñará el cargo de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptación de renuncia Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Emiliano Sifuentes Minaya, del cargo de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designación Designar, a partir de la fecha, al señor José Luis Aguilar Huertas, en el cargo de Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3º.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a los interesados, y a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la institución: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publiquese,ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1913786-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0316-2020-MIDAGRI Mediante O fi cio Nº 1306-2020-MIDAGRI-SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0316-2020-MIDAGRI, publicada en la edición del día 12 de diciembre de 2020. DICE: Artículo 1.- Actualizar la designación de los integrantes del Comité Permanente para la elaboración del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, conforme se detalla a continuación: Miembros Titulares: Miembros Alternos: El/La directora/a General de la O fi cina General de Administración, quien lo preside.Jennifer Belissa Valladares Landeo, profesional de la O fi cina General de Administración. El/La Secretario/a General.Martha Elizabeth Saldaña Campos, profesional de la Secretaría General. El/La Procurador/a Publico/a. El/La Procurador/a Público/a Adjunto/a.