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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (22/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 22 de diciembre de 2020 / El Peruano en los procesos vulnerables, de los órganos de línea y de administración, se aprobó, mediante Resolución Ministerial Nº 194-2019-TR, la “Política Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”; Que, mediante documentos de vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de modi fi car la mencionada “Política Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, a fi n de atender la observación identi fi cada en la Auditoría Interna al Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en relación a que se explique claramente la autoridad e independencia de la función de cumplimiento antisoborno, de acuerdo al texto propuesto; Que, mediante Memorando Nº 1233-2020-MTPE/4/12, la Ofi cina General de Recursos Humanos, en su calidad de ofi cial de cumplimiento antisoborno, emite opinión favorable respecto a la modi fi cación de la “Política Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”; Que, la fi nalidad y el objetivo general de la modi fi cación de la Política Antisoborno se encuentran alineados al Objetivo Estratégico Sectorial - OES 6: “Implementar un efectivo modelo de gestión sectorial centrado en el ciudadano” del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; y, al Objetivo Estratégico Institucional - OEI 8: “Mejorar el modelo de gestión institucional centrado en el ciudadano” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobados ambos mediante Resolución Ministerial Nº 115-2020-TR; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catorias; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la “Política Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 194-2019-TR, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos es responsable del cumplimiento de la Política Antisoborno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1914050-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, con la finalidad de financiar la implementación y equipamiento de la cadena de frío a nivel nacional regulado en el D.U N° 131-2020 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2020-TR Lima, 21 de diciembre de 2020VISTOS: El O fi cio Nº 618-SG-ESSALUD-2020, de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando Nº 767-2020-MTPE/4/11, de la O fi cina General de Administración; el Memorando Nº 1213-2020-MTPE/4/9, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 2324-2020-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprueba, mediante Resolución Ministerial Nº 301-2019-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2020 por un monto de S/ 306 996 966,00 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de fi nanciamiento; Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 131-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias que permitan el almacenamiento, conservación, distribución y aplicación de la vacuna contra la COVID -19, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 42 350 526,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS VENTISEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud (EsSalud), para fi nanciar la implementación y equipamiento de la cadena de frío por parte del Seguro Social de Salud (EsSalud), a nivel nacional; Que el numeral 4.6 del artículo 4 del decreto de urgencia antes señalado autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a realizar transferencias fi nancieras a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 4.1 y, solo para los fi nes señalados en dicho numeral, siendo que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego y se publica en el “Diario Ofi cial El Peruano”; Que, en aplicación de las disposiciones señaladas en los considerandos precedentes, mediante Resolución Ministerial Nº 289-2020-TR, se aprueba la incorporación de una transferencia de partidas hasta por la suma de S/ 42 350 526,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS VENTISEIS y 00/100 SOLES) en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración, del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante O fi cio Nº 618-SG-ESSALUD-2020, la Secretaria General del Seguro Social de Salud - EsSalud solicita gestionar la aprobación de la transferencia fi nanciera mencionada en el considerando precedente, remitiendo adjunto el Memorando Nº 2540-GG-ESSALUD-2020, emitido por la Gerencia General, el Informe Nº 158-GCPP-ESSALUD-2020, emitido por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 28-GCPS-ESSALUD-2020, emitido conjuntamente por la Gerencia Central de Operaciones y la Gerencia Central de Prestaciones de Salud y la Nota Nº 1791-GCAJ-ESSALUD-2020, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, que sustentan la viabilidad de la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – O fi cina General de Administración, hasta por la suma de S/ 42 350 526,00 (CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS VENTISEIS Y 00/100 SOLES);