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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2020 El Peruano / De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y la Directiva N° 05-2020-JUS/SG “Directiva para normar la elaboración de directivas y lineamientos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0039-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Secretaría General N° 0050-2018-JUS, que aprueba la Directiva Nº 003-2018-JUS/SG “Directiva para normar la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”. Artículo 2.- Aprobar el Lineamiento N° 002-2020-JUS/ SG “Lineamiento para la atención de denuncias sobre actos de corrupción en la entidad y el otorgamiento de medidas de protección al/a la denunciante”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de la publicación de la citada Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO CAVAGNARO PIZARRO Secretario General 1914342-1 PRODUCE Designan Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00426-2020-PRODUCE Lima, 19 de diciembre de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ANGELA GUTIERREZ GALVAN en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1914122-1Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Educación, Producción, y Gobiernos Locales, destinadas a efectuar los desembolsos de cofinanciamiento de ocho (8) subproyectos adjudicados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00428-2020-PRODUCE Lima, 22 de diciembre de 2020VISTOS: El O fi cio Nº 213-2020-PRODUCE-PNIPA/ DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – PNIPA; el Memorando Nº 00001036-2020-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000202-2020-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto; y, el Informe Nº 00000923-2020-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 396-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000,000.00 (CUARENTA MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE, suscrito el 13 de marzo de 2017, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 del citado Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 198-2017-PRODUCE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 005: denominada “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura” en el Pliego 038: Ministerio de la Producción, que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP, que tiene como uno de sus ejes principales de intervención, la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I (investigación, desarrollo e innovación), a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, en los que podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza durante el Año Fiscal 2020 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, entre otros, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, asimismo, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el