Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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16 NORMAS LEGALES Lunes 28 de diciembre de 2020 / El Peruano En ese sentido, corresponde efectuar la recti fi cación del error material advertido, debiendo precisar que la Universidad cuenta con un local conducente a grado académico ubicado en la Av. Abelardo Alva Maúrtua N° 489-499, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. Debido a que la recti fi cación del error material no implica una modi fi cación sustancial del contenido, ni del sentido de la Resolución del Consejo Directivo N° 045-2020-SUNEDU/CD, corresponde efectuar dicha recti fi cación conforme a lo establecido en el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la LPAG 21. 3. Del Informe técnico de modi fi cación de licencia El Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 034-2020-SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral de la documentación requerida en el literal (c) del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de las CBC expuestas en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 034-2020-SUNEDU-02-12 del 11 de diciembre de 2020, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, por lo que forma parte integrante de misma. Asimismo, en aplicación de la Resolución del Consejo Directivo N° 026-2016-SUNEDU-CD, que aprueba el Reglamento de tratamiento de la información con fi dencial en los procedimientos administrativos de la Sunedu, se ha cumplido con la reserva de información con carácter confi dencial que pudiera contener el informe antes señalado. En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal (c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 051-2020. SE RESUELVE:Primero. - APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Autónoma de Ica S.A.C. y RECONOCER la creación de un (1) programa de estudios conducente a grado académico de Bachiller y a Título Profesional a impartirse en su local SL01, ubicado en Av. Abelardo Alva Maúrtua N° 489-499, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, conforme se señala en la Tabla N° 1 de la presente resolución, sumándose a la oferta del servicio educativo superior universitario reconocida en la Resolución del Consejo Directivo N° 045-2020-SUNEDU/CD del 12 de junio de 2020. TABLA N° 1. NUEVA OFERTA PARA EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR UNIVERSITARIO N°Código de pro- gramaDenomina- ciónModalidad de estudiosDenominación del grado académico que otorgaDenomi- nación del título que otorgaLocal 1 P06Ingeniería IndustrialPresencialBachiller en Inge- niería IndustrialIngeniero(a) IndustrialSL01Segundo. - RECTIFICAR la Resolución del Consejo Directivo N° 045-2020-SUNEDU/CD. En tal sentido, toda referencia al primer extremo resolutivo debe entenderse conforme se detalla a continuación: (…) PRIMERO.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Autónoma de Ica S.A.C. para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su local SL01 conducente a grado y título profesional, ubicado en la Av. Abelardo Alva Maúrtua N° 489-499, provincia de Chincha, departamento de Ica, con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. El detalle de los locales se encuentra en la Tabla 12 del Informe Complementario N° 025-2020-SUNEDU-02-12 del 28 de febrero de 2020. (…) Tercero. - PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Cuarto. - NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 034-2020-SUNEDU-02-12 del 11 de diciembre de 2020 a la Universidad Autónoma de Ica S.A.C., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Sexto. - ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 034-2020-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 21 Texto Único ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 212.2 La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. 1914845-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 512-MSI, Ordenanza que otorga incentivos para el pago de las obligaciones tributarias generadas producto de fiscalización y/o verificación tributaria en el distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA N° 020-2020-ALC/MSI San Isidro, 17 de diciembre del 2020