Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2020 (02/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de enero de 2020 /

El Peruano

de la Marina hace de conocimiento a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la Marina de Guerra del Perú ha propuesto al Capitán de Corbeta Sergio Eduardo HORRUITINER Costa, para que participe en el referido curso; Que, con Oficio Nº 175/52 de fecha 12 de noviembre del 2019, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República Checa ha informado al Secretario del Comandante General de la Marina, que ha recepcionado la Carta S/N del Jefe de la Sección de Cooperación Internacional de las Fuerzas Armadas de la República Federal de Alemania, de fecha 11 de noviembre del 2019, mediante la cual comunica de manera oficial la programación de fechas de los referidos cursos, a realizarse de la siguiente manera: Curso de Formación Lingüística de Idioma Alemán, en el Instituto Federal de Idiomas, Ciudad de Hürth, del 7 de enero al 10 de diciembre del 2020 y en el Curso de Comando y Estado Mayor - Marina (Internacional), en la Escuela de Comando de las Fuerzas Armadas Federales (Bundeswehr), Ciudad de Hamburgo, República Federal de Alemania, del 4 de enero al 17 de diciembre del 2021, debiendo presentarse al referido instituto de idiomas el 6 de enero del 2020. Que, por Oficio Nº 1900/52 de fecha 26 de noviembre del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Sergio Eduardo HORRUITINER Costa, para que participe en los referidos cursos; lo que permitirá capacitar a los Oficiales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, brindándoles mayores conocimientos y experiencias para que desempeñen eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confianza con instituciones armadas de otros países; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y de su menor hijo; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, de acuerdo al Compromiso de Previsión de Recursos Nº 183-2019, emitido por el Jefe del Departamento de Programación y Presupuesto del Estado Mayor General de la Marina, se ha considerado para el Año Fiscal 2020, la participación de un (1) Oficial Superior de la Marina de Guerra del Perú, en el Curso de Formación Lingüística de Idioma Alemán, a realizarse en el Instituto Federal de Idiomas, Ciudad de Hürth, del 7 de enero al 10 diciembre del 2020 y en el Curso de Comando y Estado Mayor - Marina (Internacional), a realizarse en la Escuela de Comando de las Fuerzas Armadas Federales (Bundeswehr), Ciudad de Hamburgo, República Federal de Alemania, del 4 de enero al 17 de diciembre del 2021; garantizando de esta manera el pago de la obligación por el año antes mencionado; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 6 de enero al 31 de diciembre del 2020, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 17 de diciembre del 2021, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, el Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar

su salida del país con dos (2) días de anticipación, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia Nº 0142019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Sergio Eduardo HORRUITINER Costa, CIP. 00099235, DNI. 43304939, para que participe en el Curso de Formación Lingüística de Idioma Alemán, a realizarse en el Instituto Federal de Idiomas, Ciudad de Hürth, del 7 de enero al 10 diciembre del 2020 y en el Curso de Comando y Estado Mayor - Marina (Internacional), a realizarse en la Escuela de Comando de las Fuerzas Armadas Federales (Bundeswehr), Ciudad de Hamburgo, República Federal de Alemania, del 4 de enero al 17 de diciembre del 2021, debiendo presentarse al referido instituto de idiomas el 6 de enero del 2020; así como, autorizar su salida del país el 4 de enero del 2020. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Colonia (República Federal de Alemania) US$. 3,610.88 x 3 personas (esposa e hijo) US$. 10,832.64 Pasajes Terrestres (ida): Colonia - Hürth - Hamburgo (República Federal de Alemania) US$. 115.00 x 3 personas (esposa e hijo) US$. 345.00 TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 11,177.64

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