Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2020 (02/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de enero de 2020 /

El Peruano

consideró conveniente actualizar la NMP 001:2014 "Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados", adoptando la nueva edición de la Recomendación Internacional OIML R 79:2015 (E) "Labeling requirements for prepackages"; Que, el Informe Técnico DM N° 049-2019 sustenta las razones para la elaboración del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases", el cual actualizará la NMP 001:2014, la misma que toma como referencia la Recomendación Internacional OIML R 79:2015 (E) "Labeling requirements for prepackages". Esta actualización se da mediante el sistema de adopción, establecido en el literal A) del artículo 9 del Procedimiento de Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas - 1ra edición, aprobado por Resolución N° 0022012/SNM-INDECOPI; Que, habiéndose recibido observaciones y comentarios al Proyecto de la Norma Metrológica Peruana PNMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases" y luego de realizada la evaluación del cual derivo el Informe Técnico N° 088-2019-INACAL/DM-ML, corresponde proceder a su aprobación; Que, los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, requieren un plazo para adecuar sus procesos para el etiquetado de productos preenvasados a las exigencias de la nueva Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019; Que, la existencia en el mercado de productos preenvasados y etiquetados basados en la anterior edición de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2014 hace necesario dictar normas que faciliten la implementación de la nueva edición de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 y precisar los términos en que dicha implementación debe llevarse a cabo tomando en cuenta la existencia de productos preenvasados y etiquetados bajo parámetros metrológicos anteriores a la norma citada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, y en el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases"- 5ta edición, con carácter obligatorio: Artículo 2.- El plazo para la implementación y cumplimiento de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 será de un (01) año, contado a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Durante el plazo de implementación, la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2014 "Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados ­ 4ta Edición", estará vigente. Artículo 3º.- Los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, son responsables de la correcta aplicación de las disposiciones contenidas en la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases". Artículo 4º.- Disponer la publicación de esta resolución y de la Noma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases" ­ 5ta edición en el portal institucional del INACAL (www. inacal.gob.pe). La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ DAJES CASTRO Director de Metrología 1841374-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0923/RE-2019 Lima, 30 de diciembre de 2019 VISTO: El Memorándum APC00515/2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), de 23 de diciembre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de la referencia, la APCI, informa que la III Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos Perú - México y la III Reunión del Consejo de Asociación Estratégica Perú - México, se realizarán en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 7 de enero de 2020; Que, en la III Reunión del Consejo de Asociación Estratégica Perú ­ México, se dialogará sobre los proyectos aprobados en el marco de la XII Reunión de la Comisión Mixta Perú ­ México, realizada en Ciudad de México, el 10 de julio de 2019; Que, el Acuerdo de Asociación Estratégica entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, fue suscrito el 17 de julio de 2014 y tiene como objetivo fortalecer la relación bilateral entre ambos países mediante el establecimiento de una Asociación Estratégica en materia política, económica, comercial y de cooperación; estableciendo la creación de tres comisiones especiales, que serán los órganos ejecutivos del Acuerdo y estarán conformadas por las autoridades responsables que designe cada Parte, siendo la Comisión de Asuntos Políticos una de las mencionadas comisiones; Que, establece también, la creación del Consejo de Asociación que tiene como objetivo, supervisar la aplicación del referido Acuerdo y estará conformado por seis miembros que serán designados por cada Parte; Que, el Reglamento Operativo del Consejo de Asociación del referido Acuerdo establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional integrará el mencionado Consejo; por lo que se estima importante la participación del Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a fin de dar el debido seguimiento al tema; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor José Antonio González Norris, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, a Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 7 de enero del 2020, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI,

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