Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2020 (02/01/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 58
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NORMAS LEGALES
Jueves 2 de enero de 2020 /
El Peruano
consideró conveniente actualizar la NMP 001:2014 "Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados", adoptando la nueva edición de la Recomendación Internacional OIML R 79:2015 (E) "Labeling requirements for prepackages"; Que, el Informe Técnico DM N° 049-2019 sustenta las razones para la elaboración del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases", el cual actualizará la NMP 001:2014, la misma que toma como referencia la Recomendación Internacional OIML R 79:2015 (E) "Labeling requirements for prepackages". Esta actualización se da mediante el sistema de adopción, establecido en el literal A) del artículo 9 del Procedimiento de Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas - 1ra edición, aprobado por Resolución N° 0022012/SNM-INDECOPI; Que, habiéndose recibido observaciones y comentarios al Proyecto de la Norma Metrológica Peruana PNMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases" y luego de realizada la evaluación del cual derivo el Informe Técnico N° 088-2019-INACAL/DM-ML, corresponde proceder a su aprobación; Que, los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, requieren un plazo para adecuar sus procesos para el etiquetado de productos preenvasados a las exigencias de la nueva Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019; Que, la existencia en el mercado de productos preenvasados y etiquetados basados en la anterior edición de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2014 hace necesario dictar normas que faciliten la implementación de la nueva edición de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 y precisar los términos en que dicha implementación debe llevarse a cabo tomando en cuenta la existencia de productos preenvasados y etiquetados bajo parámetros metrológicos anteriores a la norma citada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, y en el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases"- 5ta edición, con carácter obligatorio: Artículo 2.- El plazo para la implementación y cumplimiento de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 será de un (01) año, contado a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Durante el plazo de implementación, la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2014 "Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados 4ta Edición", estará vigente. Artículo 3º.- Los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, son responsables de la correcta aplicación de las disposiciones contenidas en la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases". Artículo 4º.- Disponer la publicación de esta resolución y de la Noma Metrológica Peruana NMP 001:2019 "Requisitos para el etiquetado de preenvases" 5ta edición en el portal institucional del INACAL (www. inacal.gob.pe). La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ DAJES CASTRO Director de Metrología 1841374-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0923/RE-2019 Lima, 30 de diciembre de 2019 VISTO: El Memorándum APC00515/2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), de 23 de diciembre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de la referencia, la APCI, informa que la III Reunión de la Comisión de Asuntos Políticos Perú - México y la III Reunión del Consejo de Asociación Estratégica Perú - México, se realizarán en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 7 de enero de 2020; Que, en la III Reunión del Consejo de Asociación Estratégica Perú México, se dialogará sobre los proyectos aprobados en el marco de la XII Reunión de la Comisión Mixta Perú México, realizada en Ciudad de México, el 10 de julio de 2019; Que, el Acuerdo de Asociación Estratégica entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, fue suscrito el 17 de julio de 2014 y tiene como objetivo fortalecer la relación bilateral entre ambos países mediante el establecimiento de una Asociación Estratégica en materia política, económica, comercial y de cooperación; estableciendo la creación de tres comisiones especiales, que serán los órganos ejecutivos del Acuerdo y estarán conformadas por las autoridades responsables que designe cada Parte, siendo la Comisión de Asuntos Políticos una de las mencionadas comisiones; Que, establece también, la creación del Consejo de Asociación que tiene como objetivo, supervisar la aplicación del referido Acuerdo y estará conformado por seis miembros que serán designados por cada Parte; Que, el Reglamento Operativo del Consejo de Asociación del referido Acuerdo establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional integrará el mencionado Consejo; por lo que se estima importante la participación del Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a fin de dar el debido seguimiento al tema; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor José Antonio González Norris, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, a Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, el 7 de enero del 2020, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI,