Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2020 (02/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 2 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones (e): SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa GLOBALCABLE & SERVICIOS GENERALES S.A.C., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primeros servicios a brindar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico y el servicio portador local, en la modalidad conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa GLOBALCABLE & SERVICIOS GENERALES S.A.C., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa GLOBALCABLE & SERVICIOS GENERALES S.A.C., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1841858-1

otros, establecer las disposiciones que regulan la gestión integrada, estandarizada y homogénea del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir vehículos de transporte terrestre; así como regular los requisitos y procedimientos para la obtención, duplicado, canje, recategorización, revalidación y cancelación de licencias de conducir; Que, conforme al Reglamento de Licencias, el Sistema Nacional de Conductores, es un sistema informático a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el cual se registra toda la información sobre el proceso de otorgamiento de la licencia de conducir de cada postulante, así como, los resultados de las evaluaciones médicas y psicológicas, las horas de formación, y los resultados de las evaluaciones de conocimientos y habilidades en la conducción; Que, en tal sentido, el uso del Sistema Nacional de Conductores en el proceso de otorgamiento de las licencias de conducir resulta indispensable, ya que a través de esta herramienta tecnológica se optimiza el control y la transparencia de la emisión de las licencias de conducir; Que, en dicho contexto, al ser necesario que al igual que las licencias de la clase A, las licencias de la clase B sean emitidas a través del Sistema Nacional de Conductores, con fecha 10 de noviembre de 2019 se publicó el Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, el cual, entre otras medidas, modifica la Décimo Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Licencias, estableciendo que la integración de la licencia de conducir de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, niveles de gobierno que se encuentran a cargo de la emisión de dicha clase de licencia, se realizará en los plazos y de acuerdo al procedimiento que dicte el órgano o unidad orgánica competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante resolución directoral; Que, en tal sentido, en cumplimiento a lo establecido en la Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Licencias citada en el Considerando anterior, corresponde aprobar el cronograma y el procedimiento para la integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores, la cual deberá ser realizada de manera gradual, considerando las distintas capacidades de las municipalidades provinciales de nuestro país en atención a sus realidades geográficas y económicas; Que, de conformidad con la Ley General de Transporte Terrestre, Ley Nº 27181; el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores Aprobar el cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, el mismo que, como Anexo I forma parte de la presente Resolución y será de aplicación a nivel nacional. Artículo 2.- Forma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores La integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales, se realizará en observancia de lo dispuesto en el Anexo II, el cual es parte de la presente Resolución y será de aplicación a nivel nacional. Artículo 3.- Formato de solicitud de credenciales de acceso al Sistema Nacional de Conductores Aprobar el formato de solicitud de credenciales de acceso al Sistema Nacional de Conductores, que debe ser presentado por las Municipalidades Provinciales para la integración de las licencias de la clase B a dicho Sistema; el mismo que, como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano",

Aprueban el cronograma de integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 024-2019-MTC/18 27 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, asimismo, acorde al artículo 16 de la Ley, constituye una de las competencias de gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mantener un sistema estándar de emisión de licencias de conducir, conforme lo establece el reglamento nacional correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016MTC, se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, en adelante el Reglamento de Licencias, el cual tiene por objeto, entre

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