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72 NORMAS LEGALES Jueves 2 de enero de 2020 / El Peruano 0805-2019-SUCAMEC-OGPP de fecha 27 de diciembre de 2019; el Informe Legal N° 00527-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 27 de diciembre de 2019, y; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión. Asimismo, el numeral 212.2 señala que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, mediante Memorando N° 886-2019-SUCAMEC- OGA, la O fi cina General de Administración advierte la existencia de un error material en el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 711-2019-SUCAMEC, al consignarse que la transferencia se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión administrativa, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; cuando lo que correspondía era afectar la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias Corrientes y la Genérica de Gasto 2.5: Otros Gastos, advertencia que ha sido rati fi cada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando N° 0805-2019-SUCAMEC-OGPP; Que, en tal sentido, siendo que los errores en que se ha incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 711-2019-SUCAMEC constituyen errores materiales que no alteran en absoluto lo sustancial de su contenido, corresponde que la Superintendencia Nacional proceda con recti fi car el referido error; Con el visado del Gerente General (e), del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe (e) de la O fi cina General de Administración, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN, modi fi cado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi car el error material incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 711-2019-SUCAMEC de fecha 04 de diciembre de 2019, publicada en el diario o fi cial El Peruano el día 06 de diciembre de 2019, en el siguiente extremo: DICE:“Artículo 2.- Financiamiento (…), Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión administrativa, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, (…)”. DEBE DECIR:“Artículo 2.- Financiamiento (…), Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias Corrientes, y Genérica de Gasto 2.5: Otros Gastos, (…)”.Artículo 2.- PublicaciónPublíquese la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS SAMUEL TUSE LLOCLLA Superintendente Nacional 1841943-1 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Chucuito - Juli, Distrito Fiscal de Puno RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 115-2019-MP-FN-JFS Lima, 9 de diciembre de 2019VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el abogado ELISEO ORDOÑO MAMANI, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Chucuito - Juli, Distrito Fiscal de Puno, por motivos personales y de salud, con efectividad al 02 de setiembre de 2019. Según Resolución N° 496-2011-CNM de fecha 29 de diciembre de 2011, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al mencionado magistrado en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Chucuito - Juli, Distrito Fiscal de Puno. Que, mediante Acuerdo N° 5647 adoptado en Sesión Ordinaria por la Junta de Fiscales Supremos de fecha 06 de diciembre de 2019, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, se aceptó por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado fi scal. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado ELISEO ORDOÑO MAMANI, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal de Chucuito - Juli, Distrito Fiscal de Puno, con efectividad al 02 de setiembre de 2019, por los motivos que se exponen en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1842040-1