Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2020 (04/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Marina de Guerra del Perú
Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y, Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI) Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República Checa Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en Canadá

NORMAS LEGALES

Sábado 4 de enero de 2020 /

El Peruano

CONTRALMIRANTE DANIEL FELIPE VALENCIA JÁUREGUI

CAPITÁN DE NAVÍO GIAN PIERO MIGONE ANDRADE CAPITÁN DE NAVÍO ARTURO WILDER ESPINOZA LANDA CAPITÁN DE NAVÍO AUGUSTO HUMBERTO MANNUCCI ZAPATA

Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la CAPITÁN DE NAVÍO Embajada del Perú en la República Federativa MARTÍN ALBERTO MAGNANI MIRANDA de Brasil Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Japón CAPITÁN DE NAVÍO RAMIRO HÉCTOR GUERRA RIVERA CAPITÁN DE NAVÍO JORGE GUILLERMO VIZCARRA FIGUEROA CAPITÁN DE NAVÍO EDUARDO BASILIO SILVA MARZUKA

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el exterior se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (02) años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 6 de la presente Resolución. Artículo 5.- El personal señalado en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Suprema pasará revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1842770-3

Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y, CAPITÁN DE FRAGATA Oficial de Enlace en el Componente Naval MANUEL RODOLFO NIÑO DE GUZMÁN del Comando Sur de la Marina de los Estados BENAVENTE Unidos de América Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Chile CAPITÁN DE FRAGATA RENZO ANTONIO VALDIVIA CORREA

Fuerza Aérea del Perú
Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (ODEMI) Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y, Oficial de Enlace en el Comando Sur (ODEPA) Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarús Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Italiana Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Ecuador Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en la República de Ecuador Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente con la República del Paraguay Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en Canadá Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos MAYOR GENERAL JOSÉ LUIS BARRIOS ESPINOSA CORONEL JORGE LUIS GAL´LINO LA ROSA CORONEL VÍCTOR MANUEL MUÑOZ CURTO CORONEL LUIS GUSTAVO SANCHEZ CASTRO CORONEL JIMMY ANDRES ENRIQUE SANDOVAL MONTENEGRO CORONEL JORGE CÉSAR ZAPATA TIPIAN CORONEL LUIS SEGURA ALVARADO COMANDANTE EDGAR JESUS PONCE CANDIOTTI CORONEL RONALD IVÁN FRANCO SOSA CORONEL VÍCTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO CORONEL JUAN JORGE SERSÉN MORENO CORONEL LUIS FERNANDO MERINO JIMÉNEZ CORONEL JAIME MARIANO GASTÓN SAYÁN ARAUJO

Nombran en Misión Diplomática y en diversos cargos a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a Técnicos de las Fuerzas Armadas del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2020-DE Lima, 3 de enero del 2020 VISTOS: El Informe Técnico N° 800-2019-MINDEF/VPD/ del 06 de diciembre de 2019, del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, quienes tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regule la materia; Que, el artículo 10 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 09772019-DE/SG (en adelante, el Reglamento), establece las funciones generales y específicas del mencionado personal militar; Que, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, regula el cálculo del monto de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero del personal militar en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, mediante Resolución Suprema N°066-2019DE/, del 04 de setiembre de 2019, se aprobaron los cargos vacantes para ser desempeñados por el personal de supervisores y técnicos de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática en el exterior; Que, en el Informe Técnico del visto, el Director General de Relaciones Internacionales sustenta la propuesta, precisando que el proceso de selección ha observado la normativa sectorial; motivo por el cual, corresponde

Artículo 3.- El Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/ SG y al procedimiento de cálculo de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el exterior del personal militar en Misión Diplomática, establecido en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF.

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