Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 7 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, por otra parte es oportuno mencionar que mediante Artículo Primero del Acuerdo de Concejo N°331 de fecha 13 de diciembre de 2019, se concedió licencia al Titular de la Entidad, del 20 al 25 de diciembre de 2019, asimismo, el Artículo Tercero del citado Acuerdo de Concejo, aprobó la licencia solicitada por el Alcalde Metropolitano de Lima, del 26 de diciembre de 2019 al 02 de enero de 2020, por vacaciones, encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, durante el período indicado; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 009 de fecha 21 de octubre de 2014 y sus modificatorias, a efectos de eliminar la categoría de "abonados de auto o camioneta (conductores titulares de puestos de mercado)" correspondiente al servicio del ítems 2 "Parqueo vehicular en sótano del Mercado Municipal Ramón Castilla" a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico, de conformidad a lo expuesto en el presente decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de sus unidades orgánicas competentes, adoptar las acciones administrativas correspondientes a fin de garantizar el efectivo cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificación, a través de su unidad orgánica competente, compilar el contenido único actualizado del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en virtud de la modificatoria establecida en el Artículo Primero del presente decreto de alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General, publicar el presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad (www. munlima.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Quinto.- Precisar que, el presente decreto de alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente Alcalde Encargado del Despacho de la Alcaldía 1842967-1

Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N° 002-2020-GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 0022020-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 39° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 21° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los alcaldes son funcionarios públicos al servicio de la Nación, desempeñan su cargo a tiempo completo y son rentados mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, según el numeral 28 del artículo 9° de la citada Ley N° 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, concordante con los artículos 21 y 44° de la citada norma, dicho acuerdo debe publicarse obligatoriamente, bajo responsabilidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 003-2019MDJM del 9 de enero de 2019 se acordó fijar como remuneración mensual del alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, la suma de S/ 7,800.00, a partir del mes de enero 2019; Que, de acuerdo con el citado artículo 21 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el monto mensual de la remuneración del alcalde anualmente podrá ser incrementado con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y económicas propias de su remuneración; Que, al respecto, mediante Decreto Supremo N° 413-2019-EF del 30 de diciembre de 2019, se establecen disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, de acuerdo al Informe N° 001-2020-MDJM/GA/ SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos del 2 de enero del 2020, el monto remunerativo total que le correspondería al alcalde asciende a S/ 11,400.00 (once mil cuatrocientos con 00/100 Soles), por encontrarse dentro del rango estipulado en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 413-2019-EF; esto es, entre 100,001 a 250,000 de población electoral; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 413-2019EF, no se autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 28 del artículo 9 de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- FÍJESE como remuneración mensual del alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, la cantidad de S/ 11,400.00 (once mil cuatrocientos con 00/100 Soles) a partir de enero del 2020. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo N° 003-2019-MDJM, dejando subsistente las demás disposiciones del citado acuerdo. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 1843002-1

MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
Fijan la remuneración mensual del alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2020-MDJM Jesús María, 6 de enero del 2020. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTOS: En Sesión Ordinaria N° 1 de la fecha; el Informe N° 001-2020-MDJM/GA/SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 0022020-MDJM/GA de la Gerencia de Administración, el Memorándum N° 002-2020-MDJM/GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum N° 001-2020-MDJM/GPDI de la Gerencia de

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