Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de enero de 2020 /

El Peruano

Encargan el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad al teniente alcalde
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2020-MDJM Jesús María, 6 de enero del 2020. EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: En Sesión Ordinaria Nº 1 de la fecha, el Memorándum N° 010-2019-MDJM/SG del 2 de enero del 2020 de la Secretaría General, el Informe N° 0042020-MDJM/GA/SGRH del 2 de enero del 2020 de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 005-2020/MDJM-GA, el Informe N° 003-2020-MDJM/ GAJRC del 2 de enero del 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 008-2020-MDJM/ GM del 3 de enero de 2020 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 004-2020-MDJM/GA/ SGRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, informa que se encuentra acreditado que, a la fecha, el señor alcalde ha cumplido el ciclo laboral para la obtención del descanso vacacional, encontrándose su pedido de vacaciones del 7 al 15 de enero de 2020 dentro de las formalidades de ley; resultando procedente; Que, mediante Informe N° 003-2020-MDJM/GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, se concluye que procede el uso del descanso vacacional por parte del señor Jorge Luis Quintana García Godos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, recomendándose que se encargue el despacho de Alcaldía al teniente alcalde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Con el pronunciamiento favorable de la Subgerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Administración, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal; al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 y 24 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Jesús María, al teniente alcalde, señor Fernando José Heresi Chicoma, del 7 al 15 de enero de 2020 (inclusive ambos días) en tanto dure el periodo vacacional del señor alcalde, Jorge Luis Quintana García Godos; en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9, 24 y los que resulten aplicables de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Recursos Humanos; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el diario oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el portal institucional. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS Alcalde 1843006-1

Aprueban la Tercera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 250-2019-MDJM Jesús María, 31 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: El Informe Nº 073-2019-MDJM-GPPDISGPIMGP de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, el Informe Nº 186-2019-MDJM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Proveído Nº 2242-2019-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 549-2019/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído Nº 2254-2019-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo estipulado en el numeral 3.1 del artículo 86 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales diseñar el plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del distrito y un plan operativo anual de la municipalidad e implementarlos en función de los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un proceso participativo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1402017-MDJM del 11 de agosto del 2017 se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018-2020 de la Municipalidad Distrital de Jesús María y mediante Resolución de Alcaldía Nº 185-2017-MDJM del 6 de diciembre de 2017 se conformó el Comité de Planeamiento Estratégico Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 026-2019MDJM del 28 de mayo de 2019 se realizó la ampliación y actualización del Plan Estratégico Institucional, aprobándose el EI 2018-2022 de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, mediante Ley Nº 30379, de fecha 6 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal 2019; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2018MDJM del 21 de diciembre de 2018 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 301262 Municipalidad Distrital de Jesús María, el cual fue promulgado mediante Resolución Alcaldía Nº 176-2018MDJM del 21 de diciembre de 2018; Que, mediante Ordenanza Nº 590-MDJM del 23 de julio de 2019 se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 207-2019MDJM del 17 de octubre de 2019 se aprobó la Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional 2019 de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, el Plan Operativo Institucional (POI) contiene la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) definidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) en un período anual;

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